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Renuncia a proceso incapacidad

2 Comentarios
 
22/05/2017 20:09
adita
Según el artículo 751 Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, no se puede renunciar al proceso. Así que habrá que dejar que las cosas sigan su curso.
20/05/2017 20:53
Luthien
te refieres a que la persona presuntamente incapaz, en este tiempo ha mejorado tanto como para no ser necesaria su incapacitación?
pues cuando la vea el forense, vera que no es necesario y dará un informe negativo. y cuando la examine el juez igual.
Renuncia a proceso incapacidad
20/05/2017 13:23
Hace dos meses se solicitó la incapacitación para una persona, ahora han cambiado las circunstancias y ya no se la quiere incapacitar, ¿hay alguna manera de que no siga el proceso ni siquiera de oficio?
La persona en concreto ha mejorado mucho desde entonces hasta ahora.