Un declarante de modulos dado de alta en el epigrafe 501.3 albañileria y pequeños trabajos de construccion ha estado hasta el mes de octubre con un solo trabajador, pero a partir del 1 de octubre ha ido contratando mas personal hasta llegar a tener 11. La magnitud trabajadores segun la orden de modulos para esta actividad es de 6, entonces, a pesar de no llegar a la cifra establecida de ingresos para no poder estar en modulo, por tener mas de 6 trabajadores tendra que renunciar a este metodo, ¿es asi?
Una cosa que me acaba de venir a la mente. Si la orden de modulos establece un maximo de 6 trabajadores, son 6 trabajadores y punto. Quiero decir que es ese numero, no la media de trabajadores del año, ¿es asi?