tengo una niña que este mes cumple dos años. el padre no la visita y tampoco la paga nada. yo soy rumana y el ecuatoriano, pero cuando registramos a la niña en el registro civil nos dieron a elegir sobre la nacionalidad de la niña y fue el mismo que dijo que mejor nacionalidad rumana, por lo tanto la registramos como tal. resulta que todavía no tengo el certificado rumano de nacimiento de la niña porque el nunca aparece para poder hacer los documentos necesarios para la solicitud. por lo tanto la niña esta indocumentada tanto en España como en Rumanía. no queremos nada de el, ni pensión ni nada, si el quiere visitar a la niña (cosa que dudo) lo puede hacer ya que la niña se merece conocerle aunque nosotros dos no tenemos una buena relación. últimamente he vuelto a insistir en que necesito que vaya conmigo para hacer un poder y conseguir de esta manera sacar la documentación de la niña y me ha dicho que deje de molestarle que no quiere saber nada de nosotras. mi pregunta es, cual es el procedimiento para renunciar a la patria potestad? que es lo que tengo que hacer primero? es que ya me he cansado de llamarle para pedirle como si fuesen favores, su firma porque necesito empadronar a la niña o para cualquier otra situación que se pueda dar. no estuvimos casados, nunca llegamos a vivir juntos y tampoco mantuvo una relación estrecha con la niña, la niña ni le reconoce, solo sabe que es su padre porque nosotros, mi familia y yo se lo decimos. supongo que deberíamos llegar a un acuerdo y hablar con un abogado los dos, pero no lo tengo claro. por favor si alguien sabe como se procede que me lo indique.
Hola anasilvia, mi situacion es parecida a la tuya en cuanto al pasotismo del padre con la niña. la mia tiene 4 años y medio y su padre lleva tres sin saber nada de ella, n verla ni pasar nada. yo no con exactitud que decirte, pues no entiendo de leyes, pero por lo q cuentas creo que lo mas razonable seria denunciar. no se, he oido que para que una persona quede enterada de temas pendientes lo mejor es mandar un burofax, no? pues mandale uno y le adviertes que en el caso de que no te ayude a apañar todos los papaeles necesarios de la niña, procederas a tomar medidas legales a ver que tal. y ya te digo, que te hablo desde el desconocimiento. mucha suerte!
Anasilvia1982, las nacionalidades no se dan en un registro civil, son derechos de los ciudadanos y afectan a la soberanía de cada estado. Es decir, el hecho de inscribir en un registro civil español a su hija como ciudadana rumana no le confiere a esta tal nacionalidad, eso es competencia única y exclusiva del Estado de Rumania y de su legislación. Es probable que, en estos momentos, su hija tenga de derecho a dos nacionalidades, rumana y ecuatoriana.
De todas maneras, tenga en cuenta que usted es rumana y me extrañaría mucho que, de acuerdo a la legislación rumana, usted no pudiera hacer los trámites pertinentes para que su hija figurara en el correspondiente registro civil rumano, como nacional nacida en el extranjero, sin que el padre tenga que intervenir para nada. Si el estado rumano, creo que es así, se rige por el ius sanguini, es decir, es ciudadano del país toda persona cuyo padre y/o madre es nacional rumano, a su hija le corresponde la nacionalidad rumana, su reconocimiento no depende del padre. Otro caso es el de los estados que se rigen por el Ius Soli, es decir, son ciudadanos de ese país los que nacen en su suelo. Son pocos los estados que se rigen por uno u otro principio de forma absoluta. Suelen existir, y abundar, sistemas mixtos y legislación que impide que un menor sea apátrida. España se rige por el Ius Sanguini como forma predominante de adquisición de la nacionalidad, no obstante, según su legislación, un menor al cual no le sea reconocida ninguna nacionalidad será, de todas, todas, español si nació en España.
En Ecuador se rigen por un sistema mixto, la Constitución ecuatoriana, en el artículo 7, dice:
Art. 7.-Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento:
1.Las personas nacidas en el Ecuador. (Ius Soli)
2.Las personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador; y sus descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad. (Ius Sanguini)
3.Las personas pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades reconocidos por el Ecuador con presencia en las zonas de frontera.
Por otra parte su hija no está indocumentada, posee una partida de nacimiento en España, documento base que habrá de aportar para cualquier gestión, ya sea en España o ante el Consulado de Rumania, o el Consulado de Ecuador. Deberá ponerse en contacto con estos para mayor información.
Por lo que respecta a establecer los derechos y obligaciones de ambos progenitores en relación a esa hija común puede, y debe, instar una demanda, civil, en España, solicitando que estos se establezcan, custodia, patria potestad, prestaciones por alimentos, régimen de estancia y comunicación, etc.
Todas las actuaciones las puede realizar sin contar con el padre, no hace falta su consentimiento para que usted actúe en defensa de los intereses de su hija y en los suyos propios.
PulpoPaul, ya he ido al consulado rumano aquí en Madrid, y también he llamado para pedir información y lo que me han dicho es lo que te indicaba en el primer mensaje. En Rumanía el certificado de nacimiento es mucho mas importante que aquí, es decir si en Rumanía no tienes DNI el certificado de nacimiento es la base para crear ese DNI. Si aquí vas al Registro Civil y te dan un certificado de nacimiento cada vez que lo necesites, en Rumanía es diferente, el certificado de nacimiento es único y por vida, si lo deterioras o lo pierdes hasta te multan. La vez que estuve en el Consulado Rumano, pregunte a la abogada disponible ahí y me dijo que si el se rehúsa a aportarme los documentos necesarios para los documentos de la niña la única manera de obtenerlos es a través de una denuncia. Si bien a través de esta denuncia puedo conseguir el certificado de nacimiento rumano de la niña, pues que así sea, pero lo que también me interesa es que no tenga que acudir a el cada vez que quiero hacer un viaje con la niña, o la tenga que empadronar, o apuntar en una guardería. Ya que su interés hacia la niña es casi inexistente pues me interesan los tramites para solicitar la renuncia de la patria potestad por parte de el.
Anasilvia1982, ¿Su hija nació en España? De ser así, tenga en cuenta, hasta donde yo sé, que una cuestión es la nacionalidad de un menor y otra distinta es la inscripción del hecho en sí, nacimiento. Entiendo que los RRCC españoles son competentes para inscribir el nacimiento y, por tanto, las partidas de nacimiento, las expidirían los RRCC españoles. Otra cuestión distinta es la nacionalidad de la menor. Si la menor nació en Rumania estaríamos ante algo que compete a las autoridades y legislación rumana de la cual desconozco mucho, sólo sé un poquito.
la niña nació en España, y la inscripción del nacimiento lo hicimos en en Registro Civil de la Comunidad de Madrid, por lo tanto registrada la niña esta y tengo el libro de familia. La cuestión es que al nacer aquí no le dan la nacionalidad española, cuando la registramos nos dieron a elegir como queremos proceder para solicitar la documentación de la niña ya que como española no se podía registrar. nos dieron a elegir entre registrarla como rumana o como ecuatoriana. nosotros elegimos registrarla como rumana por lo tanto la documentación que hace falta para conseguir su numero de identidad extranjera hace falta sacarla en el consulado rumano.
Luego, el problema no es el certificado de nacimiento, y el correspondiente Libro de Familia, de la menor, pues los tiene, españoles, en España nació la menor. El reconocimiento de la nacionalidad rumana es problema del estado rumano, ante eso poco le puedo orientar, salvo indicarle que hay legislación europea e internacional vinculante para el estado rumano. Es decir, el estado rumano, me dan igual sus procedimientos, no puede mantener a una menor en una situación de apátrida, sin reconocerle una nacionalidad a la que tiene derecho, según su propia legislación, según la propia legislación rumana, su hija es nacional de Rumania, desconozco los requisitos que le piden para tal, pero entiendo que constatado el hecho de que usted es rumana y su hija es su hija, con partida de nacimiento española donde consta que es su hija, y sólo sobre esta base, por estos simples hechos, le debieran tramitar la nacionalidad rumana a su hija y lo que ello conlleva. Le anticipo que, cuando de derechos de menores se trata, no queda a su disposición, ni la del padre, la negociación de los mismos, ni a sus deseos o consideraciones, son derechos per se, innegociables.
Como dato, curioso, le puedo decir que los estados no han asimilado ciertas repercusiones legales, incluido el español, cuyo Código Civil es contrario a legislación vinculante, europea e internacional. Aún hoy en día hay artículos en el CC español contrarios al art. 24.2 del
Pacto de Derechos Civiles y Políticos, hecho el 16 de diciembre de 1966 y al art. 7.1 del Convenio de Derechos del Niño, hecho en Nueva York el 20 de noviembre de 1989
. Parecido puede ocurrir con el estado rumano, no se puede jugar con la nacionalidad de un menor a la cual se tiene derecho, como a un apellido y otras cuestiones, desde el mismo momento de nacer, ni hace falta esperar 24 horas después de nacido, en esto se sigue violando, hasta donde yo sé, en España, los artículos mencionados.
La nacionalidad española no le corresponde a su hija, por mucho que haya nacido en España, dado que el estado rumano, su legislación, reconoce la nacionalidad automática de su hija por ser usted, la madre, nacional rumana. Me temo que su frente de lucha está más en pelear contra el estado rumano, sin perjuicio de las acciones legales que pueda realizar en España en defensa de los intereses de su hija en cuanto a, precisamente, lo que parece usted no querer reclamar, como son exigir responsabilidades al padre. No se lo recomiendo, no es algo que quede estricta y ciertamente a su libre disposición, ni a la del padre, son derechos innegociables de terceros, su hija común, y usted debe defenderlos, es su obligación como madre, aunque el padre pase de todo.
Entiéndalo, usted, ni el padre, pueden rehusar, ceder, negociar, etc, con los derechos de su hija común. Y si su pretensión es retirar al padre de la patria potestad le avanzo que lo tiene difícil, muy difícil. Es más, para que se haga una idea de por donde van los tiros, aún con una retirada de la patria potestad, puede quedar incólume el derecho de su hija a relacionarse con su padre. Nadie va a obligar a éste a esa relación, nadie puede obligar a querer a nadie, pero, cualquier juez, va a promover ese contacto paterno filial si ve que existe la más mínima oportunidad.
Ojala mas padres quisieran renunciar a su patria potestad, ya que no ayudan en el cuidado, educacion y alimentacion de sus hijos que por lo menos no molestase, porque cooperar nada, pero pedir derechos.....deberian perderlos en el momento que se demuestra el desinteres por los intereses de sus hijos.....
Mucho deben haber cambiado las cosas, porque hasta donde yo sabia, en España la patria potestad es irrenunciable. Un progenitor puede ser privado de la patria potestad por sentencia judicial, pero no puede renunciar a ella sin mas.
Pero bueno, eso es hasta donde yo sabia, igual ahora hay novedades en ese tema
Sarapiki, no se si se puede renunciar a la patria potestad en España, por eso mismo he puesto el tema. Quizás es irrenunciable, de todos modos yo nunca le he prohibido al padre que vea a la niña y tampoco le he pedido algo en estos dos años. No pretendo que ellos dos no se vean o no tengan relación alguna, lo único que digo es que a la hora de hacer cualquier tramite es muy difícil dar con esa persona que no pone interés alguno, que quizás sería muy bueno que una persona pueda renunciar a la patria potestad ya que no incluye a ese niño en sus planes de futuro, y de este modo nos ahorraríamos todos los tramites legales, el dinero gastado y el tiempo perdido. Cada vez que quieres viajar, quieres empadronar, o quieres apuntar al niño en algún programa hay que llamar al padre para que firme, y muchas veces o no coge el teléfono, o no tiene tiempo, o no tiene ganas de hacer nada para que todo sea mas fácil, por eso digo que quizás hay personas que simplemente no quieren ser padres o no están preparados, por lo tanto estaría muy bien que puedan renunciar. Yo sinceramente espero que se pueda, y que el padre renuncie ya que no tiene tiempo para ella, lo deseo simplemente para no confundir a mi hija.
anasilvia1982, si yo te entiendo. Mira, si yo tuviera que pedir la firma del padre de mi hijo para todo, mi hijo nunca haria nada... asi que en mi caso hemos tenido suerte de que nunca me han pedido la firma del padre ni para empadronar, ni para viajar, ni para apuntar al niño, por ejemplo, a campamentos del ayuntamiento, ni para cambiarlo de equipo de futbol, ni para excursiones del colegio... gracias a Dios mi hijo no ha tenido que pasar por ninguna operacion ni nada mas importante aun... alguna vez ya he dado mi opinion sobre este tema, diciendo que me parece poco practico que haya que pedir la firma para todo.
Yo solo expongo que, creo, si no ha cambiado nada, que la patria potestad es irrenunciable...
Los mensajes de yotutotu parecen proclamas escritas exclusivamente con ánimo de provocación.
¿Este tipo hablará realmente en serio? ¿Pero cómo se puede clamar a que los hombres pidan renunciar a la patria potestad de sus hijos, justificándose en que sólo pedimos derechos?
¿Este tipo realmente piensa lo que escribe?
Hola anasilvia, yo estoy divorciada, he pasado por tres juicios y no tuve que pagar nada porque me concedieron abogado de oficio. Si el padre no le pasa pension y tienes pocos recursos tienes que solicitar un abogado de oficio para que puedas solucionar tu problema, tu hija no puede estar sin ningun tipo de papel, como si no existiera. No tengas miedo en solicitarlo, no pierdes nada, a mi me lo concedieron y el padre de mis hijos si les pasa pensión, y aun asi me lo cocedieron y no paque nada de abogados.
Suerte para las dos,
Asiatica, he solicitado el abogado de oficio y estoy esperando a que me lo concedan. He quedado con el padre el viernes pasado en ir y hacer un poder para que pueda ir sola a hacer las traducciones oportunas y solicitar las apostillas necesarias para tener todo preparado para pedir la documentación de la niña. Le llame como 5 veces y no me cogió el teléfono, es una pena que ni siquiera esto pueda hacer para su hija.
Ray MC, créeme que mas de una vez en estos dos años he intentando hacer las cosas con paz, pensando que así sería mejor para todos, pero como antes decía, hay hombres y mujeres que no están preparados o simplemente les faltan ganas de poner de su parte para el bien de sus hijos. Si todavía no he hecho los tramites para arreglar esta situación es porque no quise complicar las cosas y quizás pensé que de algún modo lo arreglaríamos sin llegar a juicio. La niña y yo estamos muy bien, tengo el apoyo de mi familia y en ningún momento nos ha faltado algo. Si no tuviera que estar en contacto con el, o si el pusiera de su parte lo mínimo pues no estaría escribiendo en este foro. No se trata de que YO QUIERO que renuncie a la patria potestad, simplemente quiero que todo sea mas fácil para nosotras dos, no esperar aprobación o que alguien que nunca está, haga un hueco en su agenda para resolver cosas que para los que somos padres son muy importantes.