Hola.¿La clausula relativa a la opción de compra por parte del arrendatario es como esta?
C L A U S U L A S P A R T I C U L A R E S del contrato de arrendamiento con opción de compra del piso...................nº...... de la casa número....... de la calle............................................ de la ciudad de……………….., extendido en efecto timbrado de la Clase 1ª nº ....................
El arrendador concede gratuitamente al arrendatario, durante la vigencia de este contrato de arrendamiento, un derecho de opción de compra del inmueble arrendado por un precio de………......... euros, de las cuales se deducirán las cantidades abonadas en concepto de renta del arrendamiento por el arrendatario hasta el momento en que haga uso de la opción de compra. Dicho precio se abonará en efectivo metálico al momento de hacerse uso de la opción y la finca se transmitirá libre de cargas y gravámenes y al corriente en el pago de impuestos.
Y para que así conste firmamos el presente contrato por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha al principio indicados.
Pues yo estimo, que la opcion de compra es un beneficio para el arrendatario, pero no una penalizacion.
En cualquier caso habria que estar a como esta redactada en el contrato.
Y no creo que esa clausula afecte al periodo del contrato de arrendamiento.
Si el propietario-arrendador quiere vender y a usted no le interesa, puede vender a quien quiera pero no afecta al arrenadmiento.
Salvo mejor opinion.
El nombre lo indica todo, la opción de compra la ejerce el arrendatario, y si está reconocida en el contrato, no hay vuelta de hoja, Vd, puede ser demandado `por incumplimiento de contrato. Ponga el asunto en manos de un abogado, cuanto antes, las consecuencias pueden ser caras.
Hola a todos.
Vereis tengo firmado un contrato de arrendamiento de un local, con una clausula de opcion de compra, concedida gratuitamente.
La opcion vence en dos dias, y el arrendatario me ha requerido para firmar la venta, pero yo no quiero llevarla a cabo.
¿Es posible?, ¿qué consecuencias tendria para mi como arrendador?.
Muchas gracias