Hola a todos.
Mi padre murió hace 2 años. Mi madre quedó con un chalet comprado hacía poco tiempo. El año pasado, cuando habían pasado ya más de 3 años de la compra de la casa, decidió venderlo ya que el chalet era muy grande para ella y además suponía una carga muy grande para una mujer viuda seguir pagando una hipoteca teniendo en cuenta la pensión que le ha quedado.
Los 3 hermanos dimos el consentimiento para que ella pudiera vender la casa porque nos correspondía la parte de mi padre.
Una vez vendida esta, uno de mis hermanos pidió la parte que le correspondía de su padre y así cobrar su parte de herencia. Los otros dos renunciamos a cobrar nuestra parte de la herencia porque mi madre, por supuesto, necesitaba el dinero.
Ahora a la hora de hacer la declaración de la renta me surge la duda de si tengo que justificar de alguna forma que he renunciado a esa herencia, ya que yo no he cobrado nada de lo ganado con esa venta (que mi madre destinó a cancelar la hipoteca del chalet, comprar un piso más barato y guardar lo poco que le sobró para cuando llegara la señora Hacienda pidiendo su parte por la plusvalía no le pillara por sorpresa)
Si hace falta algún papel, ¿me lo tendría que hacer el notario o lo tendría que hacer en otro sitio? ¿Me pueden hacer pagar algo por ese supuesto dinero recibido? Gracias por vuestra atención, un saludo
yo tengo un caso parecido. Mi padre murió en 2002, quedando mi hermana y yo como herederos de un 25% cada uno de "nuda propiedad" (lo cuál no sé lo que significa), y mi madre propietaria de su 50% y usufructuaria de "nuestro" 50%. El año pasado mi madre vendió el piso y con el dinero de la venta se compró otro, y ahora parece ser que mi hermana y yo tenemos que declarar ese 25% con el cuál figuramos y sale a pagar unos 3000 euros. O sea, pagamos sólo por figurar en un papel ya que no hemos recibido nada de nada. Así de justa es la vida y así de listos los que hacen las leyes.
Agradecido a quién pueda aclararnos algo, porque es un caso similar. Gracias.
Aclararles, en primer lugar, que el Impuesto de Sucesiones es incompatible con el IRPF. Es decir, al fallecimiento d euna persona se debe pagar el Impuesto de Sucesiones por loq ue heredemos; así, satisfecho éste, no podemos incluir después otra vez la cantidad por la que hemos tributado por Sucesiones en el IRPF. Cosa distinta es heredar un dinero (se paga Sucesiones), y este dinero se ingresa en una cuenta; en este caso, se tributaría por IRPF SÓLO los intereses que generase esa cantidad heredada.
Neska: sería necesario que me aclare además si esa renuncia se hizo ante notario, y si se hizo a favor de persona determinada o pura y simplemente.
ViCCom: la nuda propiedad es igual a tener la propiedad de la vivienda (usted es propietari@), y su madre tiene el derecho de uso y disfrute (usufructo). Su madre usa la casa y usted no (esto es lo que se supone a grandes rasgos y con la palabras menos técnicas posibles, que usted tenga el ususfructo y su madre la nuda propiedad). En esta tesitura, se supone que su madre no puede vender, ni alquilar la casa, sin su consentimeinto, puesto que usted es el propietario. Usted podría vender sin el consentimiento de su madre, pero esto supondría que ella no saldría de la casa (tiene el uso y disfrute), y por tanto, dudo que encontrase a alguien que quisiera comprar una casa con un inquilino dentro.
Ahora bien, viCCom, no me queddda claro qué han hecho exactamente. ¿Había testamento? ¿Qué decía? ¿Han firmado algo en Notaría? ¿Qué dice exactamente, si es que han firmado algo ante notario? Entiendo además que ese impuesto de 3000 € al que se refiere es el Impuesto de Sucesiones, ¿verdad?