Podéis ver un caso de descuento de cuotas de convenio especial pagadas por el solicitante efectuado sobre el total de rentas de la unidad familiar en un subsidio de agotamiento con cargas, en una sentencia del TSJ Madrid de fecha 12-03-2004
La última idea que yo tenía sobre esto era que se podría descontar cuotas del solicitante y familiares sobre sus propias rentas, pero en esta sentencia se habla de que el 215 LGSS "no distingue el origen de aquellas"
Un saludo
Pues sí, sí sale cifra negativa como resultado. También he probado con la solicitud de subsidio y también sale negativa.
Juraría que ayer o anteayer probé y no salía.
Vaya :-/
¡Qué energías tienes!
No me das tiempo a reaccionar.
Precisamente ahora, estaba leyendo de nuevo uno de tus últimos post de ayer.
Iba a contestar que, en lo que se refiere al tema de las cifras NEGATIVAS, seguía sin estar de acuerdo.
Sin embargo, en lo referente al tema de la posibilidad de descontar la cuantía del convenio especial de las rentas del cónyuge, pensaba que NO se podía hacer (aunque los artículos de sancho eran clarísimos).
He hecho una prueba.
Me he metido en el enlace que habíais dado en este y en el otro hilo :
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/Declaracion_rentas.pdf.
Sólo he rellenado las casillas: Nombre y apellidos, DNI y fecha de solicitud.
Luego he ido a los datos del TITULAR. Sólo he rellenado la casilla "descuento cuotas Seguridad Social". Las demás NO porque, supuestamente, el titular NO tenía ingresos.
Los 250€ que he puesto como "descuento cuotas Seguridad Social" (para mí es Convenio especial,¿no?) se han contabilizado como una cifra negativa.
Me explico en el "TOTAL RENTAS" sale -250€.
Por lo tanto, deduzco, que SÍ que acepta el SEPE cantidades NEGATIVAS.
Efectivamente, en las casillas del cónyuge e hijos, NO se puede rellenar la casilla "descuento cuotas Seguridad Social".
Por lo tanto, interpreto que no se descuenta el Convenio Especial del cónyuge.
A ver si podéis echar un vistazo, no sea que haya metido la pata. A lo mejor, me he equivocado de enlace, por ej., porque estoy un tanto bloqueada, en estos momentos.
Liberté, Jazzo, Patatín, Buffy, Ameliorrhh, Sancho (confío que intervenga) ...
RETOMANDO EL TEMA DEL HILO :
Ya NO comparto que ante un resultado negativo del titular, el resultado lógico sería CERO.
Después de muchas pruebas y poniéndome tanto en el lugar de las personas que solicitan el subsidio como de quien haya de valorar la Renta, he llegado a la concusión que SE DEBERÍA MODIFICAR EL IMPRESO.
Motivos :
1º/ porque quien solicita el subsidio, es, por lógica, quien no tiene rentas de trabajo.
2º/ si tiene suscrito el Conv.Especial, ya sea de 500 o 1000 €uros, es porque “alguien” y de “algún” modo cubre este gasto.
3º/ está bien que solo permitan computar el gasto del Conv. Esp. del Titular/Solicitante, pero si la Unid Familiar es más de uno, para que FUERA CIERTO que :
” ÚNICAMENTE, EL GASTO DEL CONV. ESP. SUSCRITO POR EL TITULAR, SERÁ CONSIDERADO … “ debería existir una CASILLA a dicho efecto, o bien PERMITIR LOS NEGATIVOS. En caso contrario ES UN ENGAÑO, porque todos sabemos que quien solicita el subsidio es porque no tiene entradas propias.
* Si el negativo no es considerado o no lo permite, faltaría una última columna vertical de TOTALES y poner el concepto de “Descuento cuotas Seguridad Social” a continuación de “Total Rentas”, así no mezclaríamos conceptos positivos y negativos, siendo que el ''programa'' no lo permite.
Conceptos Titular/Solicitante Cónyuge Total
Trabajo/pensiones 000,-- 1.000,-- 1.000,--
TOTAL RENTAS 000,-- 1.000,-- 1.000,--
***DTO. CUOTAS SS 400,-- (vetada) 400,--
RENTAS UNID FAM. …............................................................. = 300,-- (1000-400/2)
Liberté
Si decides cerrar el hilo o abrir otro similar seguiré otro día,aunque no lo garantizo porque esto me parece que consume mucho tiempo y se hace un poquillo adicto.
Ahora estoy algo agotadillo y hace una tarde muy rica por aquí.
Dices: "El quid de la cuestión es ¿hasta cuándo? y ¿bajo qué condiciones?
Esto no lo pregunté ni me hicieron advertencia alguna.
Ellos solo se limitaron a responder mi pregunta concreta.
Por lo tanto, la antigüedad acumulada por subsidio se reconocerá en la Vida Laboral pero no te garantiza hacerlo valedero en todo, en parte y en mi caso particular EN NADA."
La aportación que YO puedo hacer, con las dudas de una persona que no es experta:
¿hasta cuándo? y ¿bajo qué condiciones?
El SEPE seguirá pagando el subsidio (siempre que no dejes de cumplir los requisitos) HASTA EL DÍA en que el beneficiario cumpla los requisitos para acceder a CUALQUIER TIPO de jubilación (anticipada u ordinaria).
Las condiciones son que el SEPE cotiza por la base mínima (SMI), con las correspondinetes consecuencias sobre la pensión de la jubilación.
Quizás, se refiera a eso el periódico que has leido hoy (eso espero).
Por lo tanto, la antigüedad acumulada por subsidio se reconocerá en la Vida Laboral pero no te garantiza hacerlo valedero en todo, en parte y en mi caso particular EN NADA.
NO entiendo lo que quieres decir. Podrías ampliar la información.
Ahora, si te parece, vamos a intentar entre todos los participantes de este hilo (y los que desean aportar su experiencia u opinión), aclarar el tema que originó el hilo.
Pasemos página, por favor.
Dime si estás de acuerdo o NO porque, si vas a estar machacando constantemente el hilo, no merece la pena que nadie pierda el tiempo.
Da la casualidad de que el pobre tallavents se llama Antonio, al igual que abvabv3.
NO HA LEIDO DETENIDAMENTE el texto de mi post y lo ha interpretado mal. Se ha sentido inmediatamente aludido (parece ser que por la coincidencia del nombre). Es por ello que ha hecho, en mi opinión, una serie de comentarios desafortunos. Para aclararle el tema, le envíe mi anterior post con el fin de que se quedara más tranquilo.
Por lo que veo, NO ha leído con detenimiento el último post que le he enviado ya que, si no, nunca hubiera dicho: "No tengo ni idea de cómo intercambiais e-mails."
Bueno. Está nervioso. Seguro que, cuando pasen unas horas, habrá cambiado de opinión.
tallavents.
¡Qué fijación tienes con los e.mails! Tranquilízate, por favor.
Dices "Esto ya resulta de muy mal gusto" Analiza tus intervenciones. Así, podrás valorar lo que es realmente de muy mal gusto.
Bueno, con este post, SÍ que doy por terminadas mis intervenciones en este tema que no tiene nada que ver con el hilo.
Pido disculpas, una vez más a los demás participantes.
Espero que se pueda retomar el tema del hilo.
Liberté, ahora veo tu último post.
Me creeras o no,
pero yo me di de alta en el foro el mismo día que abrí mi hilo. Nunca antes entré en esta eb porque no la conocía.
En mi hilo hice público un link que conducía directamente al diálogo con el experto que negó la antigüedad, y señalé públicamente que en este diálogo aparezco con mi nombre de pila (supongo que no consultarías el link)
De todos modos, piensa lo que quieras y compara escrituras con otros usuarios que hayas tratado.
Ahora veo en tu post que haceis públicos vuestros
mails.
Pues pienso que no se debe hacer esto.
Nada más, quise explicarte lo de la antigüedad, la conversación que tuve con la funcionaria del Sepe y el funcionario del INSS, y no me informaron mal, pero es que se limitaron a responder a mi pregunta y escuché lo que esperaba que me respondieran.
Y hoy, voy y leo en la prensa local un extenso artículo en esas páginas de color salmón qué curiosamente tiene que ver con el tema y que me ha abierto otra visión por la cual deduzco que el Experto no se equivocó.
Lo funcionarios se limitaron a responder a mi pregunta: ¿Acumula antigüedad a la Vida Laboral el subsidio de 55 años?
Y la respuesta fue: Sí, acumula antigüedad.
El quid de la cuestión es ¿hasta cuándo? y ¿bajo qué condiciones?
Esto no lo pregunté ni me hicieron advertencia alguna.
Ellos solo se limitaron a responder mi pregunta concreta.
Por lo tanto, la antigüedad acumulada por subsidio se reconocerá en la Vida Laboral pero no te garantiza hacerlo valedero en todo, en parte y en mi caso particular EN NADA.
Qué tontería
Si yo, como Tallavents, fuese otro usuario en el presente, pasado o futuro, iba yo a descubrirme como Tallavents.
Y a solicitar a administración si Patatín es un administrador, como ya hice.
Os aseguro que no se de qué va todo esto de abv...
Y algunas afirmaciones resultan muy difamatorias.
No tengo ni idea de cómo intercambiais e-mails.
¿Acaso los hacéis públicos en el foro?
Debería existir, si no existe, desde la administración de esta web la posibilidad de acceder a quien corresponda a la IP.
liberte sabes quien es agvagv3?? hace falta que te lo diga?? ,
"De ningún modo he enviado nada a tu correo personal, pues ni lo conozco ni se el medio para conocerlo, y aún así no te enviaría nada.
Aclara esto.
Obviamente no conozco el contenido de esos mensajes.
Si estas recibiendo algo en mi nombre, alguien está haciendo un nefasto uso del correo electrónico."
Aqui tallavents confirma que es abvabv3........y sabiais todos forer@s quien era abvabv2 ?? Pos su culpa patain tuvistes que alargar el Nick , sin mas comentarios, ya sabeis todos de quien se trata.
Perdóname, pero no sé a lo que te refieres sobre tu "diálogo en el foro del experto". Probablemente, entre tanto post que hubo en el otro hilo, no le acordé la suficiente importancia a tu diálogo. Lo siento. Cuando tenga un ratito, lo buscaré.
Cometí la torpeza de dar mi dirección de e-mail en un hilo, hace mucho tiempo, para ayudar a una persona y, por lo que veo, agvagv3 lo ha encontrado y ha empezado a mandarme mensajes ayer. No entiendo el interés de esta persona en buscar mi dirección de e.mail (hace mucho tiempo), dado que puede manifestar su opinión en el foro (como todo el mundo). Bueno, hay gente para todo. Por suerte, ese tema ya está resuelto.
Creo que, aunque no es el tema del hilo (me disculpo con los participantes), has hecho muy bien en pedirme que lo aclarara. Lamento haberte inquietado. Casualidades de la vida.
Doy por terminado el tema de este post, dado que sólo puede servir para desvirtuar el hilo.
Donde dije:
"Reconozco que no estoy mucho en estos de los foros, que el "corta y pega" se me da mal, que escribo mu deprisa y por eso constato mis patinazos cuando ya es demasiado tarde".
Quise decir:
"Reconozco que no estoy muy ducho en esto de los foros,...."
Marobara, desde luego vas a tiro-fijo.
Solo pendientes de mis metidas de gamba, que el lector sabrá subsanar.
Reconozco que no estoy mucho en estos de los foros, que el "corta y pega" se me da mal, que escribo mu deprisa y por eso constato mis patinazos cuando ya es demasiado tarde.
Ya sé que una 1ª,2ª,3ª viviendas y las que sean, no tiene nada de MOBILIARIO, me refería a que computan (si no se obtiene rentas por alquiler o de cualquier clase) computan por el 4% de su valor catastral a excepción de la 1ª vivienda, por eso sí que influye también en los ingresos propios a la hora de suscribir convenios.
¿Aclarado?
Por favor, no esteís tanto con la lupa a ver por donde me pillais.
Se entendía muy bien mi afirmación.
Repito: escribo rápido.
Un forero dice :
"... el capital mobiliario, aunque tengas ahorros en libreta a la VISTA, computan por un 4%, lo mismo que las cantidades acumuladas en un Plan Privado Jubilación, y lo mismo que si tienes una segunda vivienda sin renta. Así que o metes la pasta en el colchón o abres un depósito que aún te penalizará menos, porque no te dan más allá de un 2,5% en el mejor de los casos"
* Creo que mezclas las rentas de capital mobiliario con las del inmobiliario:
Rentas de capital inmobiliario: Comprende los rendimientos brutos de los bienes inmuebles arrendados y las imputaciones de rentas de bienes inmobiliarios, no arrendados y diferentes de la vivienda habitual (imputación 4% sobre el valor catastral, dividido por los propietarios, si hay más de uno). No confundir ese porcentaje (4%) con el aplicable en la Declaración al IRPF, (que es el 1,1%) por el mismo concepto.
Habla de RENTAS DEL CAPITAL, y no de capital en sí.
Hoy he intervenido con una opinión relativa a este hilo con el tema del capital en una cuenta a la vista, cuya obligatoriedad de declarar como ingresos el 4% también influye en los ingresos propios
¿no me he apartado del tema en cuestión que trata este hilo, no?
Lo de la Diligencia fue un guiño.
Mal interpretado, como siempre.
Y por último:
¿Me permites seguir participando a este digno hílo qué parece de tu propiedad por haberlo abierto tú misma?