Hola, tengo una duda acerca de cómo el socio capitalista (que no ejerce actividad) debería declarar en el impuesto del IRPF el resultado negativo de la comunida de bienes de la que forma parte.
Si bien en la ley dice que los rendimientos que obtenga el socio capitalista de la comunidad de bienes se considerarán rendimientos del capital (con los límites que hay), en el caso de que los rendimientos de esa comunidad de bienes sean negativos (osea el negocio haya dado pérdidas) ¿puedo consignar el importe de esa pérdida como rendimiento negativo del capital mobiliario del socio capitalista? ¿Hay algo que pueda hacer para que el socio capitalista se beneficie de las pérdidas de la C.B.?
Gracias