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RENTAS OLVIDADAS EN EL FALLO de la sentencia.

8 Comentarios
 
10/12/2014 16:02
soller53:
1.- aclarar una sentencia no es más que pedir que el Juzgado que aclare o complemente el FALLO, añadiendo alguna precisión o añadiendo algo que se haya podido olvidar. Para esto hay solo dos días.
2.- rectificar un error es corregir algun error que pueda haber. Yo no creo que esto vaya a salirle bien, pero no tiene más remedio que hacerlo para poder acometer las siguientes etapas.
abogado@leonjbendayan.com
10/12/2014 13:06
gracias por los animos, pero es que me siento un ignorante, ademas de indefenso ante estas cosas.

¿cual es la diferencia entre aclaracion de sentencia y rectificacion de errores? parece sonar igual.

10/12/2014 09:57
Soller53: no se angustie, estas cuestiones tan técnicas exceden la capacidad de cualquier persona que no sea abogado.

1.- como ya le vaticiné no le queda más remedio que buscar otro abogado
2.- El siguiente abogado NO debe pedir aclaración de sentencia (porque ya se ha pasado el plazo) sino rectificación de errores.
3.- Si el Juzgado le dice que no, entonces interponga una nueva demanda reclamando esos 7 meses.
4.- Efectivamente no sería en concepto de rentas debidas, puesto que la sentencia resuelve el contrato. Sería una indemnización para evitar el enriquecimiento injusto del inquilino por ocupar su vivienda sin pagar nada. La indemnización coincide lógicamente con las rentas dejadas de percibir.
abogado@leonbendayan.com
10/12/2014 02:08
muchas gracias por la sinceridad.

He mandado mail y fax a la letrada pidiendo que solicite la aclaracion, y me ha contestado que el pleito ha terminado y que ella no va a hacer ningun escrito.

La compañia no me deja contratar letrado externo, dicen que su compromiso conmigo se acaba tras el lanzamiento, asi que tendre que buscar a uno particular.

Intentare ir lo mejor asesorado posible para no caer en los mismos errores .

Si no he entendido mal, el nuevo letrado
1º) Ha de pedir aclaracion de sentencia
2º) Si el juzgado dice que no,
3º) Hacer una demanda reclamando las rentas desde la sentencia hasta el lanzamiento 7 meses despues.

Me surge una pregunta un poco tonta,
¿ el contrato se disuelve con la sentencia? porque si se disuelve ¿ serian rentas de contrato, si ya esta disuelto? ¿ o serian daños y perjuicios?.
Perdonen que sea tan insistente, pero quiero ir lo mas enterado posible para no pasar por los mismos disgustos.

Me ha afectado bastante el comportamitento de la abogada, me ha dejado una sensacion de desamparo y angustia tremenda, y sentimiento de culpa por no saber mas de temas legales, ese dinero era totalmente necesario para los estudios de mi hijo.
05/12/2014 17:03
Exige a tu Abogado que solicite la correspondiente rectificación de errores y, caso de no querer hacerlo, que te lo diga por escrito; si tampoco acepta esto último solicita que te permitan contratar Abogado externo (a su costa), dado que existe un evidente conflicto de intereses, o exige que abonen las rentas que ellos mismos indicaron en demanda (ya reconocían las que se adeudaban) con cargo al seguro.
04/12/2014 11:13
soller53:
1.- Lo primero evidente es que necesita un nuevo abogado porque está claro que su letrada ha cometido errores, y lógicamente intenta pasar página y que todo se olvide, porque dadas las circuntanscias este asunto se le puede volver en contra a ella.
2.- Dicho esto creo que la opinión de Tripoli es perfectamente correcta. Pero a pesar de estar totalmente de acuerdo con esa acertada respuesta, es posible que en la práctica el Juzgado le ponga cualquier pega y no estime su petición. De todas formas tiene que intentarlo para poder dar el siguiente paso.
3.- Para continuar le diré que si lo anterior no funciona, lo que debería hacer es interponer una demanda de reclamación de rentas "como si nada hubiera pasado" y ver qué le dice el Juzgado. Si le estiman la demanda, pues cobre y ya está. Si el Juzgado le dice que no la sentencia tendrá que explicar por qué desestima la demanda, y de seguro que en esa argumentación saldrá a la luz el error de su letrada. Entonces use esa sentencia para demandar a su letrada en reclamación de las rentas que no percibió. Lógicamente, le vuelvo a repetir que necesita un nuevo abogado. La misma letrada no le va a servir porque tendría que terminar yendo contra ella misma, y está claro que no lo va a hacer.
abogado@leonbendayan.com
03/12/2014 15:03
han pasado 7 meses. ¿aun puedo pedir esa aclaracion de la LOPJ?. Puedo hacerlo yo por comparecencia en el juzgado o un escrito sin la abogada? . No se porqué, pero ella no esta por la labor.
Ella trabaja para la aseguradora, no para mi, y tal como esta la sentencia, el seguro que me cubre los impagos que diga la sentencia, se ahorra pagarme 7 meses. No quiero pensar mal pero igual me evita por eso.
03/12/2014 12:31
Lo primero es solicitar una rectificación de error, en base al art. 267 de la L.O.P.J. que, entre otras cosas, dice textualmente que "3. Los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones judiciales podrán ser rectificados en cualquier momento. 4. Las omisiones o defectos de que pudieren adolecer sentencias y autos y que fuere necesario remediar para llevarlas plenamente a efecto podrán ser subsanadas, mediante auto, en los mismos plazos y por el mismo procedimiento establecido en el apartado anterior".
Rentas olvidadas en el fallo de la sentencia.
03/12/2014 09:56
Tenemos un seguro de impago de alquileres.
Los inquilinos dejaron de pagar asi que el letrado que nos facilito la aseguradora-interpuso una demanda de desahucio POR impago de rentas.
En la demanda se solicitaba expresanmente las rentas devengandas desde la sentencia hasta el lanzamiento.
En la vista se ratifica la demanda.

PERO EN LA SENTENCIA, SI BIEN EN ANTECEDENTES DE HECHO, LA JUEZ RELATA que la parte DEMANDANTE solicita todas las rentas debidas, junto con las que se devenguen hasta el lanzamiento.
Luego en el fallo, SE OMITE PRONUNCIARSE SOBRE LAS RENTAS QUE SE DEVENGEN DESDE LA VISTA AL LANZAMIENTO. o
NO HAY MENCION ALGUNA EN EL FALLO
NO HAY MENCION ALGUNA EN RAZONAMIENTOS JURIDICOS.
PARECE MAS BIEN UN ERROR DE "CORTA Y PEGA"

LA SENTENCIA NO SE PRONUNCIA SOBRE ESA PETICION, NI EN POSITIVO, NI EN NEGATIVOS. LO QUE ME HACE PENSAR QUE ES UN ERROR DE CORTA Y PEGA O DE TRANSCRIPCION, YA QUE LAS SENTENCIAS TIENEN QUE TENER COHERENCIA CON LO PEDIDO POR LAS PARTES, ESTIMAR O DESESTIMAR, pero no omitir.

Se lo puse de manifiesto a la abogada de la aseguradroa para que pidises aclaracion - pues parecia un simple error de redaccion- , Y LO OLVIDO.

Cuando le pido a la letrada explicaciones, me dice que al final no pidio aclaracion porque estaba previsto en lanzamiento en 30 dia, y no merecia la pena un escrito. Pero .........el lanzamiento se demoro 7 meses .

LES HAGO LA CONSULTA A USTEDES, PORQUE NO PUEDO CONTAR AHORA CON EL ASESORAMIENTO de la Letrada de la compañia, ya que se ha cerrado en bandas y no me ofrece soluciones ni explicaciones. Y es la que me puedo permitir porque me la paga la compañia.

Ya ha pasado el plazo de aclaracion y el paso de apelacion.
Tratando de buscar una solucion a esos 7 meses que hemos perdido .a razon de 600 euros al mes- MI PREGUNTA, ES :::::::::

SI PUEDE INTERPONERSE UN VERBAL DE RECLAMACION DE RENTAS, donde se reclamen esos 7 meses en virtud del contrato.Desde fecha de sentencia hasta lanzamiento.

El problema que veo es que puedan alegar lo demandados excepcion de cosa juzgada, esas rentas ya se reclamaron en el verbal de desahuco. Lo que pasa es que la sentencia no se pronuncio.

Juridicamente como puedo orientar la reclamacion de esos 7 meses impagados, y enfrentarme a que aleguen excepcion de cosa juzgada ?.

Agradeceria toda la informacin, enlaces, doctrina, etc que me pudiesen mandar al respecto.

Cuando lo tenga si la abogada del seguro me ignora, tendre que solicitarle al seguro otra. MUCHAS GRACIAS.