Gracias por la respuesta Pepe123. Entiendo entonces que lo marcado en la casilla 0155 de la declaración de hacienda no se considera ganancia patrimonial, ¿correcto?.
Un saludo
No, son dos tipos de renta totalmente distintos, que no se compensan entre sí.
Las pérdidas en acciones las puede compensar con beneficios en los 4 años siguientes.
Buenos días
Les deseo hacer la siguiente consulta.
Soy propietaria de una vivienda que utilizo como segunda residencia y por lo cual tributo a Hacienda una cantidad en concepto de "Suma de imputaciones de rentas inmobiliarias" (casilla 0155); por otra parte este año he tenido pérdidas en la venta de unas acciones.
La cuestión es: ¿en la próxima declaración de la renta puedo compensar las pérdidas de la venta de acciones con lo que pago a Hacienda en la indicada renta inmobiliaria?
Gracias y un saludo