Hola, muy a grandes rasgos en la próxima declaración de la renta, deberás imputarte un porcentaje sobre la mitad del valor catastral de la casa y sobre el 20% del valor catastral del piso.
Puede ser del 2% sobre dicha cantidad si el valor catastral no ha sido revisado despues del 1 de enero de 1994, si lo ha sido el porcentaje será del 1,1 %, si carece de valor catastral este último porcentaje se calcula sobre el 50% de su valor a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio. Todo esto si las viviendas no están alquiladas. Si están alquiladas lo que tendrás que declarar será la cantidad, correspondiente a tu participación, percibida por el alquiler descontados los gastos realizados para el mantenimiento de las mismas y la amortización. En el caso de que el alquiler sea para vivienda habitual tienes que tener en cuenta que existen deducciones del 50 o del 100 %, en función de las características del arrendatario, aunque en lo que se refiere a la casa, si a quien le alquilas tu mitad es a tu hermano, como mínimo debes declarar la cantidad que correspondería si no la tuvieses alquilada. Con más detalles de la situación, se podría explicar mejor, creo.
Un saludo
Hola, debido al fallecimiento de mi abuela, mi hermano y yo hemos heredado una casa, en la cual vivían mis padres (fallecidos) y mi hermano, yo vivo en otra localidad.
Sobre esa vivienda cuando fallecieron mis padres había una hipoteca que se pidio por reformas, y de la que hasta el momento se hace cargo mi hermano, ya que está viviendo él.
Ya hemos hecho la aceptación de herencia y yo he pagado mis impuestos a hacienda, por lo recibido.(que en mi caso es esta media casa, una quinta parte del piso donde vivía mi abuela y un dinero)
MI DUDA ES: de cara a la declaración de la renta del año que viene, como se declara esta situación??hablo en mi caso......fiscalmente me perjudica mucho ser dueña de media casa y una quinta parte de un piso? la casa no la vamos a vender como mínimo en 4 años