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renta mínima inserción (rmi)

1 Comentarios
 
Renta mínima inserción (rmi)
20/02/2019 17:28
Buenas tardes,

Hace un tiempo me suspendieron cautelarmente la prestación que venía percibiendo de renta mínima de inserción, por ACTIVIDAD LABORAL. Pues bien, en la resolución me concedían un plazo de 10 días para presentar las alegaciones que estimase oportunas, habiendo transcurrido ya más de 2 meses desde la presentación de dichas alegaciones sin que la Dirección General de Servicios Sociales e Integración Social de la comunidad de Madrid haya contestado. Por ello, me gustaría saber qué plazo tiene la administración para contestarme en este caso y qué podría hacer en caso de que se entendiesen ya desestimadas mis alegaciones por silencio administrativo.
He de mencionar que uno de los motivos por los que presenté mis alegaciones es porque a día de hoy percibo por mi trabajo unos 550 euros mensuales, que sé que supera la cuantía de 400 euros que venía percibiendo por la renta mínima de inserción. Añadir también que actualmente no dispongo de más miembros que compongan una unidad familiar de convivencia (estoy sola), pero he sido catalogada como una persona en situación de exclusión social grave, habiendo incluso realizado un programa individual de inserción. Estos motivos los expuse en el escrito de alegaciones presentado, alegando que me encuentro en una situación de extrema necesidad socioeconómica sobrevenida.
Agradecería cualquier ayuda o aclaración acerca del plazo, así como del asunto en general.

Muchas gracias.
23/02/2019 21:15
Ignaga05
Hola. Muy probablemente no te harán caso a als alegaciones y dictarán resolución. Te darán 30 días hábiles para recurrir y tras la denegación posterior de la reclaamción previa, tendrás 30 días hábiles para formular demanda ante el Juzgado de lo Social. Saludos