Hola, tengo un cliente que es propietario de un local que tiene arrendado a una empresa. Debido a que mi cliente tiene una deuda con la seguridad social, se le ha embargado las rentas que percibe en concepto de alquiler, estando obligado el inquilino a ingresar las rentas en la cuenta de la seguridad social.
Ahora, la relación de mi cliente con su inquilino no es buena, y no sabe si éste está o no, pagando la renta a la seguridad social. La pregunta es ¿ Está obligado el inquilino a justificar al arrendador de los pagos que va haciendo a la seguridad social?
¿Qué pasa si el inquilino deja de ingresar las rentas en la cuenta de la seguridad social?, ¿Como nos enteramos nosotros si está haciendo los ingresos o no?
Porque supongo que en caso de que no esté realizando los ingresos mensuales, podremos presentar demanda de desahucio por impago de renta.
Gracias.
Esta pregunta es más bien de Derecho Procesal Civil o incluso de Derecho Civil General.
De todas formas, en mi opinión, la única forma de saber si está pagando es preguntándolo a la Seguridad Social.
1º) La respuesta es afirmativa, ya que el arrendamiento sigue vigente.
2º) Por un lado podrá incurrir en una infracción administrativa y, por otro, estará facultando a tu cliente para instar la resolución del contrato por falta de pago.
Si, pero al final la única forma de saber realmente si está pagando o no a la Seguridad Social es ir a la Seguridad Social, que es en lo único en que al final queda reducida toda medida realmente pragmática que pueda tomarse en este asunto.