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renta basica emancipacion

3 Comentarios
 
Renta basica emancipacion
13/06/2010 17:50
Hola a todos-as:

Quiero exponer un problema que me ha surgido de la forma mas inesperada del mundo.

En febrero de 2008 solicité la ayuda al alquiler de la renta básica de emancipación y, meses depués me llego certificado una resolución favorable para percibir dicha ayuda durante 4 años. Hasta aquí todo correcto.

En noviembre 2009, en el municipio de mis padres decide la junta de castilla y leon hacer una viviendas protegidas de regimen general, aún en proyecto, entonces decido hablar con mi pareja y, nos decidimos a solicitar una vivienda.

Indagamos y recabamos información en la junta de castilla y leon y, para solicitar y, ser posible adjudicatario de la futura construcción de las viviendas y, nos dijeron que como no estabamos casados y no viviamos juntos era mejor hacernos pareja de hecho.

Entonces les dije que estaba percibiendo la ayuda de la renta basica de emancipación y, si me hacia pareja de hecho podría tener repercusión negativa en mi ayuda al alquiler. La respuesta fue que no tendría repercusión alguna.

Mi sorpresa es que me llega una carta hace dos días y, me dicen que por superar los ingresos máximos me cancelan la ayuda. ¿qué pienso que ha sucedido? que los ingresos de mi pareja les han sumado a los mismos pero, si ella es independiente de mi y, ni siquiera vivimos juntos.

¿Cómo es posible que por hacer este tramite me denieguen la ayuda? Lo que se me ocurre es quitarme de pareja de hecho y, listo porque me parece que con esto de la crisis hay que recortar de los mas débiles, que lamentable.

Me gustaría si alguién lee mi suceso me diera algún consejo de qué hacer o como actuar para hacer alegaciones sobre mi caso.

Un saludo

Gracias

perfil Jan
14/06/2010 15:28
Hola miscui. En la carta que ha recibido debe constar el organo que la ha emitido, la fecha, la fundamentación jurídica y el plazo para hacer alegaciones. Sólo debe buscar la legislación aplicable(la misma que se exponga en la carta), buscar el artículos/s relativos a las uniones de hecho/matrimonio y exponer los hechos narrados. Al tratarse de un procedemiento administrativo no precisa usted contar con los srevicios de un profesional de la abogacía.

Reciba un cordial saludo
14/06/2010 19:36
hola miscui, no entiendo mucho pero si como dices que el contrato de alquiler esta unicamente a tu nombre como es que la Junta unilateralmente decide cancelar la ayuda concedida? ¿que tiene ver solicitar una vivienda protegida con la ayuda? como bien sugiere Jan, fijate en el plazo que te dan para recurrir (generalmente será de un mes) y a por ellos, saludos
16/02/2011 12:34
Muy buenas miscui!
Me encuentro en una situación parecida a la que comentas en tu consulta, me gustaría saber, si es posible, si lo llegasteis a resolver y si efectivamente influye hacerse pareja de hecho.
Agradeciéndotelo de antemano, esperando tu respuesta.
Un saludo.