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renta antigua

1 Comentarios
 
Renta antigua
02/09/2009 18:32
Buenas tardes. Me acaban de dejar en herencia 2 pisos, a efectos del impuesto de sucesiones no tengo ningún tipo de parentesco familiar, con lo cual me dicen que me sale a pagar una auténtica barbaridad casi 240000 euros. A esta cifra se llega en función del valor de los inmuebles,según su valor catastral multiplicado por un coeficiente, saliendo un valor de inmuebles total 536000. Con esta cifra luego se aplica una tabla, obteniendose una cuota de 120000 euros y finalmente, al ser mi madrina y no tener relacion de parentesco, hay que multiplicarla por 2.

Me han comentado que la única solución pasaría por tasar los pisos en un valor inferior a esos 536000 euros, considerado por hacienda como valor de mercado, de manera que al aplicar la tabla la cuota fuese menor de esos 120000 euros.

Mi primera pregunta sería, ¿es posible que hacienda tenga en cuenta la tasación que yo les aporte a la hora de calcular la cuota?.

Para poder reducir ese valor de mercado calculado por hacienda, valor catastral por 3,33, os comento la situación de los pisos.

Uno de ellos tiene un tamaño de 140 metros utiles, pero está totalmente inhabitable de manera que habría que realizar una reforma integral, ya que el piso tiene 60 años y nunca se ha hecho nada en él.

El segundo está habitado por unos inquilinos de renta antigua.

Mi segunda pregunta es, ¿estos condicionantes permitirian rebajar de manera sustacial la tasación de los pisos?

Por otro lado, no tengo ningún tipo de información sobre el contrato existente con los inquilinos de renta antigua. Lo único que se es que están abonando una mensualidad de 380 euros. El piso tiene 40 años y creo que siempre lo han estado habitando. Os paso a hacer las preguntas:

-¿Como prodría obtener más información acerca del contrato existente, ya que creo que era verbal?

- No dispongo de vivienda habitual, ya que estoy de alquiler, y para hacer frente al impuesto tendría que vender el piso que está sin inquilinos, ¿sería posible reclamar el piso como mi vivienda habitual?,¿tendría que indemnizarlos en ese caso?. En caso de que quisiese seguir de alquiler, por motivos laborales,¿podría reclamar ese piso para mi madre que vive en un piso de mis abuelos?

Perdonad por haceros tantas preguntas de golpe, pero como podeis ver me encuentro en una situación muy delicada. Muchas gracias por la información que podais ofrecerme.
perfil Jan
03/09/2009 15:58
Hola mariaalborada. En lo referente al pago del impuesto de sucesiones le aconsejo que acuda al departamento adecuado de su Comunidad Autónoma (Consejeria de Hacienda)en busca de información y asesoramiento. En Castilla y León la tasación se realiza conforme a valores de precios medios de mercado, pero cuando el sistema NO puede ser aplicado por las carecterísticas d elos inmuebles(como puede ser su caso) el sujeto pasivo puede solicitar un informe del valor al Servicio Territorial de Hacienda.

Respecto al piso gravado con un contrato de RENTA ANTIGUA las siguientes opciones sólo serán válidas si hubo contrato por escrito:

1º) Solicitar una copia del contrato a los arrendatarios.

2º) Solicitar copia simple al Registro de la Propiedad por si el contrato fue inscrito en él.

Si el contrato fue VERBAL, el mismo es VÁLIDO, pero existe el problema de probar lo pactado entre las partes. Sin embargo este escollo puede ser parcialmente salvado mediente comunicaciones escritas entre arrendador y arrendatario, recibos de agua,luz,teléfono, extractos bancarios o recibos de pago de la renta, testificales de los vecinso,portero del inmueble,etc...

Finalmente la viabilidad o inviabilidad de conseguir la denegación de prórroga forzosa por necesitar usted o sus ascendientes la vivienda arrendada dependerá, entre otras cosas, de sus circunstanscias personales y patrimoniales o las de su ascendiente(madre). Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre todos los extremos citados en este post

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.