Buenas tardes.
Mi suegra vive alquilada en un piso de renta antigua ( regiones desvastadas de Madrid) ahora por enfermendad lleva viviendo mas de un año con nosotros y parece ser que el casero va preguntando por ella para comprobar que no vive en el piso y nos han dicho que la Ley permite que si lleva el piso sin habitar mas de un año se lo pueden quitar.
(mi cuñado va una vez cada quince dias a limpiar el piso)
Desearia, si son tan amables de indicarme que dice la Ley al respecto.
Hola navarro46 . Como regla general la desocupación de una vivienda durante 6 meses dentro de un año natural es causa de resolución del contrato, SALVO que medie JUSTA CAUSA. El concepto de justa causa ha sido interpretado por el Tribunal Supremo y las Audiencias Provinciales.