Tengo un piso en proindiviso con un hermano y el piso tiene un matrimonio con pocos recursos. Pagan 18€ mensuales y de comunidad pagamos 24. Llevan casi 40 años, en su día no se hizo contrato porque eran viviendas de proteccion oficial. Lo cierto que lo heredamos con este problema y de acuerdo a la ley del 64, art. 57 no les podemos echar a la calle, además de que los inquilinos son un matrimonio de unos 70 años.
Yo ahora estoy sin vivienda, porque hace unos 4 años la vendí, eso si tengo alguna propiedad, coche, finca rústica y soy más jóven. ¿Hay posibilidad de que dejen el piso?.
Tenemos miedo de que los inquilinos metan a algún sobrino, hermano, etc, y luego se subroguen y nos enganchen el piso otros 70 años.
¿Alguien puede ayudarme?. (Os parecerá mentira pero he preguntado a dos abogados que decían especializados en urbanismo, y no conocían el tema de la renta antigüa. Si conoceis alguno que conozca bien el tema os ruego me lo digais). Gracias
Hola Electra1. Su caso es bastante complejo por lo que le recomiendo que busque un/a profesional de la abogacía experto en materia arrendaticia, que no es lo mismo que un especialista en Urbanismo.
Gracias Jan. He preguntado en el colegio de abogados por uno especializado en arrendamientos y me dicen que no pueden recomendar. Seguiré buscando, a ver si encuentro uno profesional.
Saludos.