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renta antigua

6 Comentarios
 
06/09/2007 13:41
Hola italia.
Muchas gracias por contestar.
Ya nos hemos informado sobre esa posibilidad pero para que un organismo competente (ayuntamiento) declare el inmueble en ruina se debe cumplir que:
El coste de la reparacion suponga mas de la mitad del valor del inmueble.
Por desgracia no esta tan mal como para que sea tan costoso arreglarla.
Gracias de todos modos.
05/09/2007 20:01
Si dices que el inmueble se encuentra en muy mal estado, cabe la posibilidad de que instes la declaración de ruina en tu ayuntamiento, si se declara este estado, (es una p...tada para el inquilino), pero tienes un mecanismo mayor de presión. la declaración de ruina obliga al propietario a tomar la decisión, o bien la rehabilitación del edificio, o en su caso, el derribo.
04/09/2007 22:21
Muchas gracias por tu tiempo Jan.
Efectivamente ya estamos en contacto con un experto en renta antigua.

Un saludo.
perfil Jan
04/09/2007 20:27
Hola enrique300. Las consultas relativas a contratos anteriores al 1-1-1995 son díficiles de contestar en un foro debido a que es necesario, en la mayoría de las ocasiones, una gran cantidad de datos y documentos para poder resolverlas de forma adecuada.

Por ello le aconsejo acuda a un/a profesional de la abogacía experto en arrendamientos de renta antigua.

Reciba un cordial saludo.
03/09/2007 16:40
Despues de hablar con mi padre tengo más datos que creo que son necesarios saber.

El contrato es anterior a 1985, de hecho la titular del contrato falleció mucho antes de esa fecha (mi padre no sabe concretarmela pero recuerta que él era un crio cuando se murio y tiene ya 63 años..) y no hay nuevo contrato.

Me he aventurado a leer (a riesgo de volverme loco) la Ley de arrendamientos urbanos del 94 y en la disposición transitoria segunda dice:

"El contrato se extinguirá al fallecimiento del subrogado, salvo que lo fuera un hijo del arrendatario no afectado por una minusvalía igual o superior al 65 por 100, en cuyo caso se extinguirá a los dos años o en la fecha en que el subrogado cumpla veinticinco años, si ésta fuese posterior"

Efectivamente es una hija de la arrendataria, no tiene minusvalia alguna y hace muchisimo más de dos años que se subrogo y tiene más de 60 años.

Me extrañaria mucho pero según interpreto el texto ¿estaria el contrato extinguido?

Por otra parte ¿Se puede negar a irse aun cuando le ofrecemos una casa mas grande a estrenar con calefacion (que ahora no tiene), aire acondicionado (que ahora no tiene), baño dentro de la vivienda (que ahora no tiene y ha de salir a un patio al aire libre para poder hacer sus necesidades)?

Bueno ya termino, muchas gracias por vuestro tiempo.

Un saludo.
28/08/2007 19:20
Se me olvida lo más importante, podrias recomendarme algún abogado experto en estos temas, gracias.

Un saludo.
Renta antigua
28/08/2007 18:54
Hola a todos, en otros foros suele existir un subforo para presentarse antes de hacer alguna pregunta, como no lo he encontrado sirva esta consulta tambien como presentacion.
Mi padre y sus hermanos heredaron un inmueble con 4 viviendas. Tres estan vacias y en la otra vive una señora que se subrogo al fallecimiento de su madre que era la titular del contrato. El inmueble es muy antiguo y tenemos la intencion de derribarlo y construir uno nuevo para vivir mis primos, mis hermanas y yo. Hemos hablado con la inquilina para ofrecerle varias opciones, que son principalmente dos:
- realojarla en otro piso de similares caracteristicas, m2, zona, ect. con un contrato de alquiler de por vida, o
- realojarla de momento hasta que se construya el edificio y volverla a realojar en "su" piso nuevo.
A las dos opciones a dicho que no. Que solo se va si le entregamos un piso en propiedad.
Nuestra intencion es consultar a un abogado experto en estos temas, pero queria preguntar en este foro primero por si me aconsejais que desista de cualquier intento. ¿Que opciones tenemos?(legales claro, ilegales no las contemplamos, de momento)
Gracias de antemano.

Un saludo