Mi situación es la siguiente
Mi padre es inquilino de un piso de renta antigua cuyo contrato fue una subrogación de otro que, previamente tenía mi abuelo.
Hace tres años mi padre compró un piso en propiedad y yo me quedé viviendo en el piso de renta antigua.
Los vecinos han informado meticulosamente al caser de que mi padre ya no vive allí, y de que tiene un piso propiedad. El casero nos ha comunicado que va a subirnos el alquiler a precio de mercado.
Mi pregunta es la siguiente: ¿ qué posibilidades tenemos de conservar el contrato de renta antigua?
¿ Sería posible conservarlo si mi padre deja de aparecer en las escrituras de su piso en propiedad?
¿ hay alguna asociación u organización que se encargue de la defensa de los derechos de los inquilinos?
Me parece vergonzoso usar este foro para tratar de esquivar las leyes y apoltronarse generación tras generación en una propiedad ajena a precios de risa. A mi, como a muchos otros ciudadanos, me cuesta mucho trabajo pagar mi hipoteca y llegar a fin de mes, y no por ello intento vivir del cuento saltandome a la torera la legislación vigente.
siento haberte ofendido, pero cada cual lucha por sus intereses, y el mio en este momento es conservar ése piso. Objetivamente tienes razón, pero si estuvieras en mi caso probablemente tratarías también de conservar el alquiler de renta antigua- Tengo dos opciones, dejar la casa y buscar otra a un precio desorbitado de mercado o intentar conservar este alquiler. Tal vez no sea lo más adecuado moral o éticamente, pero yo creo que cualquiera en mi situación haría lo mismo
Cierto ex-director de la Guardia Civil actualmente en la carcel también pensaría que estaba velando por sus intereses. La cuestión es hacerlo de forma legal o no, y si velar por nuestros intereses nos hace olvidar la moral, entonces apaga y vamonos.
Hola loli. El hecho de que su padre disponga de una segunda vivienda podría ser cáusa legal de resolución del contrato de renta antigua( artículo 62.1.4º LAU 1964).
Por lo tanto, si consiguen que su padre no aparezca como propietario, usufructuario o precarista de ninguna otra vivienda, la citada causa de excepción a pa prórroga forzosa no podría ser alegada por su Arrendador.
Consulte su caso con un/a profesional de la abogacía.
Difícil lo tienen si su padre ya ha sido poseedor de una vivienda y puede demostrarse. No bastará que cambien la titularidad de esa vivienda ni que la vendan. Por si fuera poco parace que también podrían demostrar que su padre no ha vivido en la vivienda por más de seis meses.
Ciertamente que lo que Vd. pretende es un fraude que pretende llevar a cabo a sabiendas de su ilicitud y cualquier asociación de defensa de los derechos de los inquilinos solo podrá actuar dentro de los márgenes legales.
De todos modos, siga el consejo de Jan y consulte con un profesional.
¿Cómo habría que llamar a esta iniciativa e Loli? ¿Mobbing contra los propietarios? ¿O es que el mobbing´sólo existe contra los "pobrecitos" inquilinos?
A estas alturas conozco tantops casos de inquilinos "espabilados" y tramposos que sólo puedo concluir que la Ley de Arrendmientos antiguos no sólo es un abuso, sino que ni siquiera protege a los inquilinos a los que debiera proteger el Estado, ya que los únicos que se aprovechan de ella son listillos de este tipo.
Desde que su padre se compro el piso y dejo de vivir en esa vivienda, ¿en nombre de quien se ha hecho los pagos mensuales del alquiler, de su padre o de usted?.
¿Cual ha sido la forma de pago?.
¿Ha recibido comunicacion por escrito del arrendador?.
Me parece lógico Loli que defendaís vuestros derechos, dentro de la ética y la moral obviamente. Pero de la misma manera que vosotros os defendereís, el propietario también lo hara.
Mirate bien la LAU de 1995, para bien o para mal, regula la renta antigua; incluye que un inquilino de renta antigua, tiene que tener necesidad permanente de vivienda, cuestión que no es la vuestra.