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renta antigua

1 Comentarios
 
Renta antigua
27/01/2015 20:35
Buenas tardes.
Tengo la siguiente duda.

Vivo con mi madre en un piso de renta antigua solo vivimos ella y yo, el primer inquilino fue el padre de mi madre, ósea mi abuelo, el alquiler se inicio en 1956, con la entrada de la ley del 94, mi abuelo, subrogo el alquiler verbalmente a mi madre(a su hija, ya que la mujer de mi abuelo falleció en 1987)no se firmo ningún nuevo contrato, y nos actualizaron el alquiler de golpe, actualmente pagamos 373€ y solo nos suben el ipc y pagamos tanto gastos de obras como el IBI, el contrato original lo tenemos del año 1956, mi abuelo falleció en el año 2000 y enviamos una carta certificada informando de su fallecimiento y confirmando la subrogación pactada verbalmente para mi madre, tenemos la fotocopia de dicha carta y el recibo, se lleva pagando por domiciliación bancaria todos los años a nombre de mi abuelo y a la misma cuenta que el tenia, nunca la hemos cambiado, tenemos todos los recibos como prueba, añadir que la actual dueña heredo 3 edificios y esos 3 edificios tiene la gran mayoría alquilados por renta antigua, mi madre tiene ya 70 años y han echado ya a 2 inquilinos del edificio, en el año 2010 cambiaron de administrador y dicho administrador nos dijo que si teníamos derecho a estar aquí que no tenían nada nuestro, entonces les enviamos la fotocopia de la carta y su recibo de la fecha en que se envio la carta original, ya que lo guardamos por si acaso, para que tuvieran algo, en dicha carta se comunica el fallecimiento del primer inquilino, el padre de mi madre y subrogación que se pacto verbalmente todo con fecha del año 2000, ahora han vuelto a cambiar de administradores, y ya han echado a 2 vecinos, uno por no ser su vivienda habitual de residencia y estar empadronado en otro domicilio, y al otro aun lo desconozco.

Nosotros no tenemos ni otra vivienda, ni propiedades, mi duda es la siguiente, dado que han cambiado la ley, si pueden echar a mi madre o si tienen alguna forma de finalizar dicho alquiler, la dueña aun tiene pisos vacíos en sus edificios ya que según tengo entendido son 3, si no mas, ya que son varios hermanos que heredaron bastantes edificios.
Gracias.
29/01/2015 14:20
El arrendamiento continuará vigente, pues existe la prórroga forzosa. En cuanto a si pueden echar a su madre, dependerá de sus circunstancias y de las de la arrendadora: entre las causas para poder hacerlo están la necesidad, el derribo de la vivienda, la no ocupación, la tenencia de otro inmueble o la ocupación de dos inmuebles al tiempo; pero todas esas causas exigen la concurrencia de unos determinados requisitos.


Quedo a su disposición,

Motta&L Abogados
Madrid
mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
mottayl.abogados@gmail.com