Son veinte años desde la entrada en vigor de la ley. En ese momento, dado que se produciría la extinción del contrato, ya podrían pactar nuevas condiciones y por tanto poner una renta actual.
El hecho afecta a los locales, de distinta manera si el arrendatario es persona física o jurídica; y, en este último caso, también hay distintos supuestos.
Quedo a su disposición para en función del supuesto concreto, indicarle la opción que sería de aplicación en su caso.
Tengo un local alquilado a un matrimonio como personas físicas desde el año 1984, no ha habido ninguna subrogación en todo estos años ¿finaliza el 1 de enero de 2014 dicho contrato, puedo subirle la renta a los importes de valor de mercado actuales?
¿Finaliza la renta antigua aunque sean personas físicas a los 20 años.