tengo la seguridad de que puedo repercutirlo, pero el contrato no especifica (no se si la ley lo hace) de cuando, si el mes que se notifica la actualización o ya se puede hacer una vez se haya efectuado el gasto
¿alguien lo sabe?
Hola rosa. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.
Tengo un piso alquilado de renta antigua, la repercusión de los gastos, IBI, Basura, etc. ¿debo hacerla cuando actualizo la renta o puedo hacerla ya a partir de tener yo el gasto?