Hola mariafernandez. Su caso es aún más complicado que el del Sr pepe11 ya que usted NO tiene un contrato escrito y, por otro lado, pretende la repercusión de los gastos de comunidad y del IBI a su arrendatario.
Al no haber un contrato escrito existe el problema de la prueba: qué se pactó y que se excluyó. Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con todos los datos que usted pueda aportarle, la asesorará sobre la viabilidad o inviabilidad de sus pretensiones.
hola jan,
tengo una casa de renta antigua, alquilada desde hace unos 30 años. no hay contrato. el inquilino solo paga las actualizaciones del ipc. se que el ibi tras la sent del 2007 del TS si que podemos repercutirselo, pero y de los gastos de comunidad? que podemos hacer? le podemos repercutir los que se generen en el 2008? hay algun articulo que nos faculte? solo he visto "suministros y servicios" pero como no hay nada pactado, ni firmado...
JAN Gracias por la respuesta. Querria saber en concreto es si en el caso de que no se conozca la fecha exacta del concrato (cosa que puede pasar en un contrato de renta muy antiguo) se establezca una fecha concreta para poder hacer el calculo. Gracias de nuevo por tu inestimable ayuda
Hola kepatxo. El tema de la actualización de contratos de renta antigua es sumamente complejo.Por ello le aconsejo, al igual que he aconsejado al resto de los consultantes sobre este tama, que acuda con el contrato a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos.
Hola. Contrato de junio del 82 con clausula de revalorizacion conforme al ipc. La renta de 100 euros no se ha actualizado nunca; tengo unas cuantas dudas. Espero a junio de 08 para actualizar? Lo puedo hacer ya? Como hago el calculo q me estoy volviendo loco...GRACIAS
Hola pepe11. Una forma sería examinar los recibos o transferencias bancarias para determinar, al menos de forma aproximada, cuando se empezó a cobrar.
Respecto a SI ES POSIBLE O NO actualizar la renta dependerá de los ingresos de su arrendataria y de si en alguna vez anterior se INTENTÓ ya actualizar la renta conforme a las reglas de la Disp.Trans Segunda LAU 1994.
Jan
Tengo piso con inquilina de renta antigua . No tengo contrato, ya que lo extravie y ella dice que tampoco lo tiene. Se que esta ahi en segunda subrogacion minimo desde 1957 . Querria saber como se pùede actualizar la renta, cuando no se sabe exactamente la fecha del contrato
Gracias.
Hola muydudosa. La actualización de la renta de contratos anteriores al 0-5-1985 es bastante compleja. Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía quien, con el contrato y todos los documentos relacionados con el mismo, resolverá su consulta.
tengo un alquiler que empezo en julio 1979 y era de 15000 pts; luego en 1987 paso a 22.000 pts. Desde el 2002 hasta el 2006 ha estado a 246,08€ y desde noviembre hasta ahora es de 223,58€.
Si aplico la actualización desde fecha d econtrato segun DT 2, me da 470,06€. Pero no sé, si es correcto hacerlo desde el primer año (ignorando las demas actualizaciones) o tengo que hacer otra cosa.
Además si tengo el plazo de 10 años para aplicar los coeficientes de actualización y si puedo resolver el contrato en el 2014, realmente nunca se podria actualizar hasta el 100%. existe algun otro camino?
Muchas gracias
Hola Coral. Voy a intentar dar un poco de luz a tis dudas:
1)"Nunca se ha actualizado renta. Ahora se ha donado la propiedad. Nuevo propietario, puede resolver el arrendamiento ?"
En principio, cuando se produce una donación el Arrendatario NO dispone de los derechos de Tanteo ni de Retracto, salvo que la donación fuese una compraventa simulada. Si es una donación "legal", el nuevo propietario se subroga en todos los derechos y obligaciones derivadas del primitivo contrato de arrendamiento. Por lo tanto, si de dan alguna de las causas de resolución del contrato(art 114 LAU 1964) o de denegación de prórroga forzosa PODRÁ resolver el contrato.
2)"si se envía actualización y repercusión de IBI... etc, y el arrendatario se negase, sería causa de resolución ?"
Aún estas en plazo para poder exigir la actualización de la renta, de forma progresiva, de acuerdo a las reglas de la Disp. transt. Segunda LAU 1994.Sin embargo, NO todos los contratos son actualizables. Mírate bien las reglas y los requisitos.
Los contratos cuya renta NO puede ser actualizada conforme a las reglas y baremos de la mencionada Disposición, se actualizarán conforme al IPC. En este sentido es muy importante el art 101 y 106 de la LAU 1964.Leelos.
En cuanto al IBI el problema estriba en los años que se pueden repercutir. Si lo repercutes correctamente y los arrendatarios NO pagan puedes instar demanda de resolución de contrato.(desde enero de 2007 es causa de resolución el impago del IBI según el Tribunal Supremo). Lo mismo ocurre si NO pagan la actualización de la renta conforme al IPC o a las reglas de la Disp.Trans Segunda LAU 1994.
Este es un tema complejo por lo que te aconsjejo que, antes de hacer nada, estudies toda la legislación y la Jurisprudencia.Si después estudiar ambas tienes dudas intentaré resolvértelas.
Hola, compañeros. Os agradecería me echarais un cable, pues no llevo nada en esta materia y se me plantea un tema familiar que quiero solucionar de la mejor manera posible.
Arrendamiento verbal de 1967, paga 18 euros mensuales. Nunca se ha actualizado renta. Ahora se ha donado la propiedad. Nuevo propietario, puede resolver el arrendamiento ? En caso negativo, si se envía actualización y repercusión de IBI... etc, y el arrendatario se negase, sería causa de resolución ?