He realizado borrador renta 2022 y por las cantidades creo no estar obligada a realizar la misma,
Datos:
Ingresos íntegros rendimientos del trabajo............................................................18.700€
Ganancias Fondos de Inversión con retención.............................................................910€
Rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares........................305€
Sobre la regla exención declaración renta de máximo 1.600€ en ganancias patrimoniales sometidas a retención, en mi caso 903€.
1) ¿Se aplica a los fondos de inversión con retención?, si es afirmativo estaría exenta.
2) Si no es el caso, ¿hay que aplicar la segunda regla?
3) ¿Cómo se aplicaría esta segunda regla, tendría que hacer declaración renta?
Por último
2) ¿Hay algún tipo de penalización si no se realiza en estas condiciones la renta 2022 y posteriormente la Agencia Tributaria la reclama?
Mira a ver si tus ganancias patrimoniales son de este tipo, en cuyo caso sí tendrías que declarar:
"Ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención, conforme a lo que establecido en el Reglamento de IRPF, no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible."
Mis ganancias patrimoniales son de 920€ y provienen de fondo de inversión colectiva con la retención correspondiente, el problema a mi entender es la poca claridad al definir cuando se aplica la 1ª ó 2ª regla ya que parece que si no entras en la 1ª entras en la 2ª .
Según entiendo ,
Rendimientos de trabajo (de un solo pagador), fondos de inversión con retenciones e imputación de rentas (por haber tenido un inmueble a disposición de sus titulares).
!!!Se aplica la primera regla!!!, de modo que los límites para estar obligado o no a declarar son:
22.000 euros de rentas del trabajo con un solo pagador (18.700€ provienen de un pagador, cumplo!!).
1.600 euros de ganancias patrimoniales sometida a retención (en mi caso 920€, cumplo!!).
1.000€ de imputación de rentas (mis inmuebles a disposición de sus titulares han imputado rentas por valor de 315€, cumplo!!).
Por tanto y si esto es correcto!!!, no estaría obligada a declarar.
¿Opináis igual?
Lo que hay que aclarar es lo siguiente: La ganancia patrimonial que tienes que incluir en el IRPF supongo que es 920 € (primer dato a confirmar).
¿La retención del 19% te la han aplicado sobre esos 920 € o sobre otro importe?
Si las dos respuestas son sí, no tienes que declarar.
Sí claro, en el borrador aparecen como Fondos de Inversión con retención
F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro) Página 13 (II)
Apartado
Ganancias y pérdidas patrimoniales sometidas o no a retención o ingreso a cuenta derivadas de transmisiones o reembolsos
de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva (sociedades y fondos de Inversión), así como las derivadas de sociedades cotizadas anómimas de inversión en el mercado inmobiliario (SOCIMI)
Datos exactos, casilla renta
Ganancia 926,84 0316
Perdidas 19,92 0321
Ganancia real 906,92 0324
Retenciones 176,09 0603
Por lo que entiendo que no hay que hacer declaración...