A fecha 1 de enero del 2019 puse mi, hasta entonces, vivienda habitual en alquiler (3 años) pero la inquilina conoció a alguien y dejó la vivienda el 15 de marzo de 2019
A fecha 23 de marzo de 2019 entró una pareja de inquilinos que son los que siguen en la vivienda a fecha de hoy.
Mi pregunta es la siguiente: en la renta de este año 2019 he de dar de alta dos veces el inmueble e indicar los datos de cada período alquilado o he de calcularlo todo y ponerlo todo como un acumulado?
El modelo 100 no distingue los distintos inquilinos que hayan pasado por la vivienda. Únicamente le interesa las rentas percibidas por cada inmueble, no los inquilinos que haya podido haber.
Si utiliza usted el servicio "renta web", al llegar a los rendimientos del capital inmobiliario deberá dar de alta un inmueble, y consignar el número catastral. En las sucesivas pestañas desplegables, podrá reseñar cuántos días del año lo ha tenido cada inquilino, e identificar a dichos inquilinos con su NIF.
Vamos a la página 6, apartado C, bienes Inmuebles.
Pinchamos en "alta inmueble" y se abre un desplegable.
Hay que rellenar los datos del inmueble, y luego pinchar "arrendamiento"
En el siguiente menú desplegable, sale una ventana que dice
"Arrendamiento 1 de 1" y a la derecha un recuadro que pone "alta arrendamiento".
Al pinchar dicho recuadro, podemos declarar, para dicho inmueble, tantos arrendamientos haya tenido en el año como sea necesario, poniendo cuántos días ha habido de uso en cada uno. Incluso podemos discriminar entre arrendamientos de vivienda habitual y otros tipos de arrendamiento: por ejemplo: de vivienda habitual hasta junio, luego se desocupa, luego de vivienda turística dos o tres veces, y luego en septiembre u octubre otra vez vivienda habitual, o vacío.
Eso si, antes era mejor, hace años bastaba con poner todos los rendimientos inmobiliarios en una casilla, en otra todos los gastos, y fin. Ahora incluso piden el NIF del inquilino para cruzar datos. Cada declaración se convierte, de hecho, en una auditoría.
Si, exacto. Eso que dices es lo que vi anoche al entrar en Rentaweb.
Al salir las dos opciones no tenía claro como debía hacerlo, máxime cuando es mi primer año con alquiler.
Hasta ahora mi renta había sido algo tan sencillo como: abrir Renta web, revisar que coincidiesen los importes del Certificado del IRPF con el importe de RW, revisar que coincidiese el importe total pagado de la hipoteca, añadir el importe del plan de pensiones y confirmar.
Este año es eso más el primer año de alquiler que se me ha complicado al tener dos inquilinos que, a su vez, se complicó porque el primer contrato era de 3 años y el segundo de 5 años (menos mal que eso ha resultado ser irrelevante).
Ahora que te he leído y me he puesto de nuevo con el Rentaweb veo que voy a tener que revisar bien qué importes le imputo a cada inquilino según fechas (cuotas de comunidad, IBI, seguro vivienda, etc..) vamos, que va a ser un renta de lo más amena ;)
Muchísimas gracias por tu ayuda y también gracias a leonjbr por estar ahí.