Buenos dias,
Acude a ustedes porque tengo una duda que no termino de resolver, se trata del importe del mínimo personal por descendientes aplicable a una pareja de hecho con un hijo menor de 3 años, conviviendo ambos.
En principio como no hay matrimonio la forma de tributar seria o el madre o el padre haciendo declaración conjunta con su hijo, el otro debería de presentarla de manera individual.
Hasta el IRPF 2006 el que se incluía el descendiente se incluía el total de mínimo por descendientes, pero este año he leído esto en el manual de IRPF 2007 que publica la administración:
- Tributación conjunta del descendiente con uno de los padres en los caso de separación
legal o cuando no exista vínculo matrimonial. En estos casos, el padre o la madre
que tributa conjuntamente con los descendientes que forman parte de la unidad familiar,
aplicará íntegramente el mínimo por descendientes correspondiente a esos descendientes,
y el otro progenitor no tendrá derecho al mínimo al presentar los hijos declaración, siempre
que estos últimos tengan rentas superiores a 1.800 euros.
De no cumplirse el supuesto de tener rentas superiores a 1.800 euros, el mínimo por descendientes
se distribuirá entre los padres con el que conviva el descendiente por partes
iguales, aún cuando uno de ellos tribute conjuntamente con los hijos. Esta misma regla
resulta aplicable en los casos en que los hijos sometidos a guardia y custodia compartida
tributan conjuntamente con uno de sus progenitores.
O sea en conclusión si el hijo gana mas de 1800 euros al año se imputara el minimo por descendiente en su totalidad, y si gana menos se tiene que imputar al 50%.
He estado mirando la ley a ver si descubro donde esta regulado esto o si se lo han sacado de la chistera, pero no lo veo por ningún lado, a ver si alguien me ayuda y puede aportar alguna idea.
Muchas gracias.