El 26 de abril de 2012 recibí resolución denegatoria de mi segunda renovación. Mi permiso de residencia caducó el 23 de noviembre de 2011, y presenté la solicitud de renovación el 21 de febrero (dentro de los tres meses).
Por diversos motivos, no se recurrió dentro del plazo estipulado, y ahora solo me queda la vía judicial.
Al estar fuera, envié desde correos un recurso contencioso administrativo y regresé a la ciudad para solicitar un abogado de oficio. ¿He hecho bien? Además, el certificado que obtuve en el SOJ es del 27 de junio (denegación 26 abril), pero no tengo la carta certificada que demuestra que estoy dentro del plazo, y mi padre, que la recibió, no recuerda cuándo llego exactamente. ¿Es suficiente con el certificado que me dieron en el SOJ para que se paralicen los plazos? Y por último, con un permiso que no autoriza a trabajar ¿Creéis que me asignarán abogado?
Muchísimas gracias, y un cordial saludo.