Buenos días a todos; mi mensaje va dirigido a aquellos compañeros que os dedicáis al Derecho de Extranjería.
Tengo una clienta salvadoreña que está desarrollando estudios de investigación en España, con una visa de estudios de seis meses que le vence en octubre. Quiere prorrogarla.
Mi pregunta es si la oficina de Extranjería de nuestra ciudad es competente para pronunciarse sobre la prórroga del visado de estancia. Lo pregunto porque, al ser el visado sólo de seis meses, no se le expidió NIE en su día, y dudo si este trámite debe presentarse ante Extranjería (no renovamos un NIE, sinó que prorrogamos una visa) o si debería salir del país para pedir la prórroga ante el Consulado Español de la República del Salvador.
Agradezco mucho vuestras respuestas. Me urge un poco para asesorarla y el tiempo se nos viene encima.
Hola. De acuerdo con lo establecido tanto en la Ley como en el Reglamento de Extranjería, la vigencia de la autorización será igual a la del curso para el que esté matriculada y si los estudios van a durar más de 6 meses, deberá solicitar la correspondiente tarjeta de estudiante extranjero en el plazo de un mes de su entrada efectiva en España.
En el caso propuesto, a esta persona le han conferido un visdado limitado a 6 meses, que eran los que originalmente duraban sus estudios. Sería conveniente que:
A) El centro de estudios superiores en el que está matriculada o al que está adscrita, certifique que la investigación ha de extenderse por un año más. El requisito exigido por el Reglamento es la superación satisfactoria de los estudios o que la investigación progresa adecuadamente; esto se puede probar con un simple INFORME FAVORABLE DE DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN, yo me las arreglé para renovar mis autorizaciones de estancia por estudios así (soy de Ecuador y vine a hacer un máster, pero como decidí quedarme, hallé este camino, que luego me dio paso a la residencia por modificación), no era necesario ni siquiera matricularse, bastaba con que el director de tesis o el director del Departamento o centro de investigación certifique que esta persona desarrolla un trabajo de investigación en el centro bajo la dirección de determinado profesor y que eso conlleva reuniones semanales o trabajos de campo o necesidad de permanecer en laboratorios que hay en la institución o que la persona forma parte de un proyecto de investigación o grupo de investigación consolidado.
B) Si no es posible lo anterior, que se matricule en un curso , mástero o diplomado superior, que dure por lo menos un curso académico, para que le sea posible con eso, estando vigente su visado de estudios, poder solicitar una tarjeta de estudiante.
Mientras esté vigente el visado, puede pedir la tarjeta de estudiante, antes todos debían pedirla, pero se reformó el Reglamento hace relativamente poco, para evitar la saturación que tenían las Oficinas de Extranjeros por este tipo de cosas. Precisamente, el visado habilita a entrar en una calidad migratoria determinada y tiene un corto período de vigencia, cuando yo vine duraba solo 3 meses, plazo dentro del cual debía solicitar la tarjeta de estudiante.
Actualmente el Reglamento establece el plazo de un mes para solicitarla si los estudios van a durar más de 6 meses. Pero no dice nada ni penaliza el hecho de no solicitarla dentro de plazo, porque la persona no se halla en ningún momento cometiendo infracción administrativa, además de que puede darse el caso de una extensión sobrevenida de los estudios e investigación (por ejemplo, si participó en una convocatoria de becas predoctorales de investigación y resultó favorecida o si el propio Departamento o universidad le confirió una beca de colaboración o de investigación), lo que la legitimaría para poder pedir su tarjeta de estudiante, no solo por cumplir objetivamente los requisitos y hallarse en situación legal en el país, sino porque por propia economía procesal administrativa.
MI SUGERENCIA CONCRETA:
Que solicite la tarjeta de estudiante, que lógicamente lleva implícita la asignación de un NIE, presentando junto con la solicitud y demás requisitos exigibles, la acreditación documental de haberse extendido en la realización de la investigación (eso lo puede obtener ella, si habla con su profesor tutor o director de Departamento o centro de investigación, en general, suelen ser comprensivos y colaborar en este tipo de cosas, lo digo por experiencia) y la necesidad de proseguirla y por tanto de permanecer en España(el documento debe ir en papel oficial de la institución, lógicamente firmado y sellado, no le puede faltar el sello por nada del mundo); además, deberá acreditar medios económicos, suelen exigir, por año, si no se tiene una beca, tener una cuenta bancaria con una cantidad equivalente a un porcentaje del salario mínimo interprofesional, actualmente, al menos en Barcelona suelen exigir tener unos 6 mil euros, más o menos (el salario mínimo interprofesional llega casi a los 8 mil euros anuales, lo puedes mirar en Internet, la página oficial del BOE). La certificacióm bancaria debe decir que existe la cuenta, desde la fecha que existe, los datos de la titular y el saldo a la fecha.
Si le piden seguro médico, si es menor de 28 años, al serle obligatorio el seguro estudiantil de la Seguridad Social, debe acreditarlo o sino, si dispone de seguro médico privado, que presente esa documentación. En todo caso, la tarjeta sanitaria individual sirve a efectos de acreditar que se dispone de cobertura sanitaria suficiente.
Yo, particularmente, no le sugeriría que se fuera hasta que no obtenga la tarjeta de estudiante extranjera y la asignación del NIE; no solo por el coste económico que representa, sino por el tiempo precioso que se puede terminar perdiendo.
Como te digo, hablo desde la experiencia personal de mi caso, aunque también soy licenciado en Derecho y he orientado a varias personas hispanoamericanas en este tipo de vericuetos.
Hola a todos. Llegue a Barcelona hace unos 4 meses con visa de estudiante, que caduca a fines del próximo mes. La verdad es que he conseguido un trabajo (sin contrato porque lo que no me habilita a tramitar los papeles), me ha gustado y quiero quedarme. Necesito si pueden ayudarme y orientarme más o menos que convendría hacer en mi caso (renovar visa, conseguir permiso de trabajo, etc.) para quedarme legalmente en el país.
Espero puedan responderme. Muchas gracias por su tiempo.
Saludos cordiales
1.- ¿ Tus estudios duraban más de 3 y menos de 6 meses?
2.- ¿Has realizado tus estudios con aprovechamiento?
Si tus estudios iban a durar menos de o hasta 6 meses, no era necesario que solicitaras la tarjeta de estudiante, bastaba con el visado. Pero, si logras acreditar que los estudios se extenderán, puedes, todavía, solicitar tu tarjeta de estudiante, debiendo acreditar realización de los estudios, su continuidad actual y prevista por un curso académico completo (o inforrme favorable de que estás haciendo una tesina de máster o trabajo de investigación) y lo demás: medios económicos suficientes y seguro médico (si eres menor de 28 años y estudias, estás sujeta, por ley, al seguro estudiantil).
Si pretendes estudiar otra cosa, necesitas acreditar: finalización con aprovechamiento de los estudios que originalmente viniste a hacer; admisión en firme para los estudios que ahora pretendes continuar, matrícula en esos estudios y certificación de asistencia regular a clases.
NO DEJES QUE CADUQUE EL VISADO.
Ordinariamente, cuando los estudios van a durar más de 6 meses, se debe solicitar la tarjeta de estudiante en el plazo de un mes desde la entrada en España. Pero, es posible y lícito, que ya estando aquí, quieras estudiar otra cosa o avanzar en otro curso complementario al que viniste a hacer; en ese caso, puedes pedir la tarjeta de estudiante como te he indicado anteriormente. Si obtienes la tarjeta, esta suele tener una validez de un año (aunque la normativa dispone que sea para el curso para el que estés matriculada); con esta tarjeta de estudiante PUEDES TRABAJAR, pero en las condiciones siguientes:
1.- Solo podrás trabajar media jornada (4 horas al día) si el trabajo tiene lugar en períodos lectivos, podras trabajar jornada completa en períodos de vacaciones, pero nunca más de 3 meses por año.
2.- El trabajo no debe tener lugar en horario lectivo (esto se prueba con tu horario de clases, si son en la mañana, podrás trabajar tarde - noche y viceversa, si son en la tarde - noche, podrás trabajar por las mañanas).
3.- Los recursos que obtengas del trabajo, no podrán constituir recurso necesario para la subsistencia (es decir, solo debe ser un complemento).
4.- Quien debe solicitar la AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PARA TRABAJAR es tu empleador, no tú.
5.- Cotizarás por contingencias comunes y formación profesional, pero no por desempleo.
Con todo, la vigencia de esta autorización administrativa para trabajar, va unida a la de la vigencia de tu autorización de estancia por estudios.
Hola Condedecartagena. Muchisimas gracias por responder.
Te actualizo el panorama a ver si me podes ayudar un poquito mas, porque la verdad conseguir que alguien te "oriente" un poco es bastante dificil.
Mi visa de estudiante caduca esta semana. No pude conseguir cita ni los papeles necesario para la renovacion de la visa. En el trabajo en el cual estoy dicen que a lo mejor en un mes aproxidamente pueden darme un contrato mercantil. Me sirve esto para tener una estadia en regla? Que me conviene hacer con mi visa vencida? Como hago para quedarme y trabajar legalmente???? Realmente no se que puedo hacer para solucionar esto, por favor si puedes orientarme un poco te lo agredeceria enormente.
de nuevo gracias por tu tiempo.
un saludo cordial.
Hola, Paola25. Ahora, en este preciso momento, lo fundamental es que RENUEVES LA AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR ESTUDIOS, para que no te veas en la irregularidad. La autorización administrativa para trabajar la puedes obtener después, pero ahora mismo, debes apresurarte a solicitar tu renovación, porque si no lo haces oportunamente, te verás en la irregularidad.
Te sugeriría que pidieras cita, teniendo en cuenta que las conceden para varios días después, en estos días algo podrás hacer. Por ejemplo, solicitar una certificación de que estás haciendo una tesina o tesis o que has sido admitida en otros estudios, estás matriculada y asistes a clases. Pero debes probar que superaste los estudios iniciales y que mantienes la condición de estudiante, al haber sido admitida, estar matriculada y asistiendo a clases en otra cosa. Y claro, demostrar que tienes medios económicos.
Primero, no caer en la irregularidad. El trabajo, después (ten presente que la autorización de estancia por estudios es para estudiar o hacer investigación, no para trabajar, el trabajo aquí es algo secundario, porque se supone que el estudiante tiene recursos para vivir como tal, por ejemplo, becas o recursos propios y si quiere trabajar, esos ingresos serán un complemento, pero no su medio de vida en sí mismo). Porque sin lo primero, no podrás tener lo segundo.
hola conde. Otra vez yo =)
Me fije en mi visa y caduca en abril... lo que me deja un poco mas tranquila.
Ahora si puedes ayudarme en dos cosas mas te agradeceria muchisisimo :)
La primera es que me conviene hacer para seguir quedandome en España. Lo mejor es renovar la visa de estudiante, no? O es mas conveniente solicitar tarjeta de extranjero, pedir otro tipo de solicitud o realizar algun otro tramite?
y lo otro es q en el caso para la visa de estudiante,el certificado de finalizacion de curso lo tengo, lo que me faltaria es otra matriculacion o algo que conste que estoy realizando alguna practica. la pregunta es , que tipo de curso tengo que realizar? tiene qu tener alguna duracion especifica? en caso de ser una practica puede ser un proyecto de un particular? soy fotografa y tengo la posibilidad de realizar un proyecto para una revista en conjunto con otro freelance , serviria esto?.
muchas gracias por tu tiempo y la ayuda-
Saludos
1.- No tienes una tarjeta de identidad de extranjera como estudiante y por tanto, no tienes NIE y no la tienes porque al durar tus estudios un máximo de 6 meses, no era necesario que la obtuvieras.
2.- Tu visado está a punto de caducar y quieres seguirte quedando en España.
3.- Tus estudios ya han terminado.
4.- Tu intención real es quedarte a trabajar, pero quieres usar lo de la tarjeta de estudiante para quedarte legalmente, con miras a, posteriormente, cambiar a residencia cuando te sea posible hacerlo (al menos, es lo que intuyo). En definitiva, mantener la legalidad de tu situación en España en todo momento.
Si es cierto lo anterior, tenemos lo siguiente:
A) Debes solicitar tu tarjeta de identidad de extranjera como estudiante.
B) Para justificar la petición debes acreditar que:
- Has concluido con aprovechamiento los estudios que viniste a hacer originalmente.
- Has sido aceptada en firme para realizar otros estudios.
-Te has matriculado en esos estudios.
-Asistes regularmente a clases de esos estudios, con indicación del horario de asistencia y del programa de estudios a cursar.
Lo anterior debe ser certificado por el coordinador académico o director de los estudios o de Departamento si estás en una universidad o centro superior.
Procura que los estudios que vas a realizar tengan relación con lo que ya has estudiado, al menos de alguna manera y que aparezca que son una especie de entre continuación, ampliación, especialización, profundización o algo similar de los ya realizados, para que resulte verosímil la continuidad. Deben durar al menos un año lectivo, de ese modo, se justificará que pidas la tarjeta de identidad de extranjera.
Además, como sabes, debes acreditar disponibilidad de medios económicos.
En cuanto a hacer prácticas: las prácticas deben desarrollarse en el marco de un programa formativo, bajo la dirección o supervisión académica de una institución educativa o centro de investigación, aunque las prácticas las hagas con un particular, de modo que se pueda dejar constancia de que esas prácticas son parte de tu formación y serán evaluadas y que el particular te acoge en prácticas por convenio con la institución educativa al respecto (hay muchas empresas e instituciones públicas españolas que tienen convenios con universidades y centros de posgrado para que los estudiantes efectúen el período de prácticas en sus dependencias, cuando la formación implica prácticas).
RECUERDA: DEBES MANTENER EL ESTATUS DE ESTUDIANTE TODO EL TIEMPO, ahora, que en la práctica te dediques a estudiar parte del tiempo y otra parte del tiempo a trabajar, ya depende de ti y de como te organices y de los acuerdos que alcances con las personas para las que trabajes (si quieres trabajar formalmente, con la tarjeta de estudiante tendrás, a la vez que tramitar la autorización administrativa para trabajar siendo estudiante).
Te copio las rutas hacia los impresos:
http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/ex_15.pdf SOLICITUD DE TARJETA DE ESTUDIANTE POR PRIMERA VEZ.
OFICINA DE EXTRANJEROS DE BARCELONA (FAMILIARES DE COMUNITARIOS Y ESTUDIANTES):
COMISARÍA DE POLICÍA DE EXPEDICIÓN DE TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO:
C/ Guadalajara esquina C/ Bosch
08006 - Barcelona
(Barcelona)
(Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 14.00)
Si tienes tiempo, dirígete o llama por teléfono, en estos días, a estas direcciones (no esperes a que te contesten por correo electrónico, porque están saturados y si no cogen el teléfono, dirígete directamente). Ve muy temprano.
Hola Conde. Mil gracias por toda la ayuda. La verdad que este es el unico lugar donde obtengo informacion.
Mas o menos me voy organizando....
Con respecto a los estudios, he estado averiguando por cursos y me surgio una duda... es valido presentar un curso a distancia? La duracion del curso es de 180 hs (6-7 meses maximo)y tiene titulación(Tecnico superior de diseño....) avalada por el Instituto Europeo de Estudios Empresariales.
Otra duda es si puedo presentrame con todos los papeles en estos lugares que me nombras arriba sin cita previa. Fui hace un tiempo a solicitar informacion y me encontre con que necesitaba sacar una cita por internet incluso para preguntar que tenia que hacer.
Otra pequeña consulta que acabo de recordar... Para venirme necesite mostrar pasajes de avion ida y vuelta, es necesario para la renovacion contar con esto?
MUCHAS, MUCHISIMAS, gracias por tu tiempo y paciencia.
Hola Conde, yo nuevamente. Consulta de desanimada. Existe otra forma de permanecer legal en españa que no sea tener que renovar la visa? Los cursos anuales son demasiado caros para mi economia de momento.
No puedo permanecer con una tarjeta de extranjero o una visa de turista??
Otra cosa, lei que los tramites deben comenzarse 60 dias antes del vencimiento del visado .... que pasa en el caso mio que estoy a menos de 30 dias de que caduque?
Perdon por el alud de preguntas y de nuevo mil gracias.
saludos
1.- Los estudios deben ser presenciales o parcialmente presenciales; en su defecto, hallarse realizando una investigación predoctoral o posdoctoral, pero que incluya al menos asistencia a tutoría con su director de tesis o tutor. Es justamente la necesidad de asistencia a clases o a tutorías y de acceso a los recursos materiales para la investigación, existentes en la universidad o centro de investigación español, lo que justifica su permanencia en España. Mientras puedan certficarle que deberá asistir semanalmente a clases (no necesariamente todos los días, muchos posgrados solo se imparten dos o tres días a la semana), le sirve para justificar.
2.- Depende del trámite a realizar, fíjese en la página web del Ministerio de Política Territorial, www.mpt.es, si necesita acaso cita previa. Para la Oficina de Extranjeros de Barcelona sí, se debe pedir cita previa, incluso para recibir información presencial. Pero para la Policía, depende del orden en el que llegue. Con todo, en relación a la Policía, puede dirigir una comunicación, exponiendo detalladamente su caso, a estafeta@mir.es, indicando que va dirigido a DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA Y DE LA GUARDIA CIVIL - COMISARÍA GENERAL DE EXTRANJERÍA Y FRONTERAS. La página web del Ministerio del Interior es www.mir.es, de donde se puede descargar impresos de Extranjería.
3.- Para renovar debe cumplir con los requisitos que se establecen en el Reglamento de la Ley de Extranjería, ni más ni menos.
4.- Lo que sucede es que tú no tienes actualmente una tarjeta de identidad de extranjero y por ende, tampoco NIE, porque al haber ingresado como estudiante, con estudios que iban a durar un máximo de 6 meses, no estuviste obligada a solicitarla. Precisamente por eso, porque ahora quieres quedarte más tiempo, debes solicitar una tarjeta de estudiante y que se te extienda la autorización de estancia por estudios por el tiempo que duren los estudios que vas a proseguir. Todo lo que te he dicho va encaminado a que obtengas la tarjeta de identidad de extranjera como estudiante.
5.- Paola25: un extranjero puede estar en España:
A) En tránsito.- El extranjero autorizado para circular por territorio español, pero con destino principal hacia otro Estado. Puede ser terrestre, marítimo o aeroportuario y dependiendo de la nacionalidad, requerirá un visado de tránsito.
B) En situación de estancia, que a su vez se subdivide en simple estancia (máximo 90 días, prorrogables por otros 90 días, siempre que se justifique motivo suficiente, recursos económicos, seguro médico y pasaje de regreso; en esta situación se hallan los turistas) y en estancia por estudios, que habilita a permanecer en España para la realización de estudios o trabajos de investigación por el período que dure el curso; si el curso dura hasta 6 meses, basta para acreditar la legalidad de la estancia el pasaporte con el visado; si los estudios duran más de 6 meses, el extranjero viene obligado a solicitar su tarjeta de estudiante, que documentará su situación y necesariamente implicará la asignación de un NIE, toma de huellas digitales e inscripción en el Registro Central de Extranjeros, a cargo de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, del Ministerio del Interior.
C) En situación de residencia.- El extranjero que se encuentre en España provisto de una autorización para residir. Hay muchos tipos de residencia, pero independientemente del tipo del que se trate, lo importante es que sea RESIDENCIA. En esta situación se hallan también los solicitantes de asilo político, hasta tanto se resuelve su solicitud.
Si el extranjero extracomunitario no se encuentra en alguna de las situaciones antedichas, se hallará en situación de irregularidad y es susceptible de que se le inicie un procedimiento administrativo sancionador que, dependiendo de las circunstancias, puede derivar en una multa por estancia irregular en el país o en una orden de expulsión.
Cuando se le dice DENTRO de los 60 días anteriores, significa que debe solicitarse en ese plazo, no que deba solicitarse 60 días antes. Es decir, usted dispone del plazo de 60 días anteriores a la caducidad de su autorización de estancia por estudios, para solicitar su renovación. Significa que no puede solicitarla antes y tampoco después.
Mi caso es el siguiente, soy estudiante tengo visa por seis meses que caduca en abril, me dieron seis meses por que es lo que duran mis estudios de especialidad aqui, ahora quisiera seguir estudiando un master en la misma institucion, que empieza unos dias mas tarde de terminar el curso en la actualidad a finales de abril; al querer solicitar una prorroga de visa estudiantil me han dicho q mi visa no se puede prorrogar debido a que es de seis meses, alli me dicen que debo volver a mi pais y tramitarla con el consulado español alli, q puedo hacer?, tengo un mes para que caduque mi visa, es posible hacer ese tramite aqui?, como?, ya que salir del pais tendria perdida de dinero, tiempo, etc. EL ESTUDIO que quiero realizar ahora tambien dura otros seis meses. que certificacines debo conseguir?.
Soy mexicano, actualmente estoy en tramites para estudiar un master en derecho en españa, presente solicitudes en varias escuelas de las cuales en dos de ellas fui aceptado y ya tengo la carta de acceptacion pero en varias estoy aun esperando si fui admitido, mi pregunta es: si tramito la visa de estudiante con las cartas que me mandaron y despues quisiera cambiar de universidad e inscribirme en una diferente a la de la carta tendria algun problema?
saludos y espero puedan ayudarme
Lo importante es que tenga en su poder el visado de estudios ABIERTO ( el que se concede cuando los estudios van a durar más de 6 meses), no el limitado a 6 meses, porque ese ya no se puede prorrogar.
Para solicitar la tarjeta de estudiante, estando ya en España, debe presentar junto con el pasaporte y el visado, certificado de admisión en firme en la universidad, certificado de haber abonado la matrícula y certificado de asistencia regular a clases. El impreso a rellenar es el EX-17 (solicitud de tarjeta de identidad de extranjero); debe descargarse y pagar la tasa de 10,20 euros en cualquier banco o caja de ahorros.
Hay estudios que son impartidos por varias universidades, pero en los cuales, solo una es la responsable de la gestión administrativa del expediente académico del estudiante; tal es el caso de los másteres interuniversitarios, por ejemplo, en los cuales los contenidos son impartidos por profesores de distintas universidades o institutos de investigación, bien de España, bien de otros países, muchas veces lejanas entre sí, pero en los cuales el centro de docencia suele ser uno solo, localizado en una ciudad o provincia determinada y por lo general ese mismo centro es el que gestiona las matrículas y por tanto el que extiende las certificaciones que sean necesarias.
NOTA.- El extremo CERTIFICADO DE HABER SIDO ADMITIDO EN EL CENTRO DE ENSEÑANZA, comprende, desde luego, además de la certificación de admisión, la certificación de haber efectuado, al menos, parcialmente, el abono del importe de la matrícula o justificación documental de que ésta será cubierta por una beca o justificación documental de estar exonerado de su pago, bien por convenio internacional, convenio interinstitucional o cualquier otro motivo.
Quisiera comentares en concreto mi caso, ya tengo la carta de aceptación de la universidad de Alcalá de henares, pero aun estoy en espera de la repuesta de la universidad Carlos 111 y pompeu fraba, resultado que me dan hasta el 23 de septiembre aprox,, mi problema es que por lo. que he escuchado de los que tramitan la visa de estudiante se tarde mínimo 6 semanas para que se la otorgen por lo cual no estaría en tiempo para inicio de clases en ambas escuelas ya que comienzan rl 27 de septiembre y ya que siendo sincero estas dos escuelas son mi primera opción, por eso tengo la duda que si tramito la visa con la carta de la universidad de Alcalá y soy aceptado a la de pompeu o carlos111 ya no pueda cambiar de universidad y forzosamente estar en la de Alcalá
Gracias y espero puedas sugerirme algo
Hola. Puede tramitar su visado con la carta de aceptación de la que disponga, pero le exigirán que acredite, igualmente, que ha satisfecho, al menos parcialmente, el importe de la matrícula y además el contenido del programa de estudios a cursar, con indicación del horario de asistencia y fechas tentativas de inicio y finalización de clases. Lo importante es que tenga un visado de estudios válido, del tipo D, abierto. Luego, una vez dentro de territorio español, tendrá un mes de plazo para solicitar su tarjeta de identidad de extranjero como estudiante (aquí es importante que defina donde va a quedarse, finalmente, porque debe solicitar la expedición en la Comisaría de Policía de la localidad y para ello, le exigirán el certificado de empadronamiento en el Ayuntamiento).
Si usted tiene su visado válido y en vigor y dispone de la aceptación en la universidad de su interés, podrá matricularse en ella. Algunas universidades tienen un servicio de relaciones internacionales, que ayuda a los estudiantes matriculados a gestionar sus autorizaciones para permanecer en España (en su caso, solo le tocará solicitar la tarjeta de estudiante); la Pompeu Fabra de Barcelona tiene un servicio de estas características.
Para efectos de renovaciones, si su interés es permanecer más tiempo en España, tendrá que contar con la certificación de haber superado los estudios en la universidad que hubiera elegido y al mismo tiempo, su continuidad, porque esto será lo que permitirá que le sea renovada la autorización.
NOTA.- Debe tener presente, con todo, que bajo ningún concepto usted podrá considerarse residente en España si ingresa con un visado de estas características y efectúa sucesivas renovaciones. La situación de los estudiantes es la de ESTANCIA.
Si su interés es una de las otras dos universidades, podría solicitar una respuesta pronta en razón de necesidades urgentes de tramitación de visados. Igualmente, las universidades, al menos aquí en Barcelona, suelen tener cierta flexibilidad con los estudiantes extranjeros que por algún motivo no van a poder llegar a tiempo por motivos de tramitación de visados, siempre que se les mencione expresamente esta circunstancia. El algunos casos, la solución que tienen algunos profesores es remitir los materiales de las primeras clases por vía telemática, para que el estudiante vaya leyéndolos y pueda incorporarse sin problemas cuando, finalmente, arribe a España.
Hola Conde
Una consulta. Soy mexicana y estudie un año (de septiembre 2010 a julio 2011) un máster en España, tramité mi NIE, mismo que venció al termino del máster. Regresé a México, pero me interesa continuar con mis estudios en España en el siguiente año 2012. Pienso tramitar nuevamente la visa de estudiante para ello, como lo hice la primera vez. ¿Es correcto o se debe realizar otro trámite como renovación de NIE o algo así?
Te agradezco de antemano tu respuesta.
Hola. Si usted se regresó a México en julio y ya caducó su tarjeta de estudiante, pero piensa regresar en el 2012, TENDRÁ QUE TRAMITAR UN NUEVO VISADO DE ESTUDIOS. Aunque usted hubiera tenido una tarjeta de identidad como estudiante, esa ya estará caducada para entonces.
Solo que cuando vaya a solicitar el visado, debe indicar el NIE que ya tuvo (el número) y lo mismo para la expedición de su tarjeta, debe colocar en el impreso el NIE que ya tiene asignado, porque es perpetuo.
Soy estudiante chilena y vine a españa a continuar mis estudios, sin embargo la visa de estudios solo me la dieron hasta 6 meses y al momento de ir a solicitar una tarjeta de estudiante, me dijeron que no era necesario. Sin embargo ahora quiero seguir continuando con mis estudios (tengo la invitacion de la universidad para el proximo semestre) pero mi visa de 6 meses ya esta por vencer.
¿que puedo hacer para renovar mi visa o para seguir legal en españa? ¿debo volver a mi pais a pedir una nueva visa?