Hola. Expongo mi caso:
Llevo 20 años en España. He tenido tarjeta de residencia por ser familiar de ciudadano europeo (mi madre me saco la residencia al conseguir ella la nacionalidad), hasta 2017, la última que tube era la de 5 años. En 2017 me tocaba renovarla para obtener la permanente pero me denegaron la renovacion, puse un recurso de alzada que también me denegaron. Despues de dos años, sin entender por que me denegron y sin saber que hacer ya, mi nueva abogada me aconsejo hacerme pareja de hecho de mi pareja ya que es español (llevamos juntos 8 años). Lo hice y gracias a eso me han concedido la renovación de la residencia por ser familiar de ciudadano europeo. Mi pregunta es;
Que tarjeta de residencia me corresponde ahora? Vuelvo empezar como si nunca hubiese estado en España, con la tarjeta inicial o me corresponde la permanente de todas maneras? Sea cual sea el caso, que tasa debo pagar? Tengo la cita para la renovación proximamente y estoy muy confusa. Agradezco sus respuestas. Gracias!!
Hola. Expongo mi caso:
Llevo 20 años en España. He tenido tarjeta de residencia por ser familiar de ciudadano europeo (mi madre me saco la residencia al conseguir ella la nacionalidad), hasta 2017, la última que tube era la de 5 años. En 2017 me tocaba renovarla para obtener la permanente pero me denegaron la renovacion, puse un recurso de alzada que también me denegaron. Despues de dos años, sin entender por que me denegron y sin saber que hacer ya, mi nueva abogada me aconsejo hacerme pareja de hecho de mi pareja ya que es español (llevamos juntos 8 años). Lo hice y gracias a eso me han concedido la renovación de la residencia por ser familiar de ciudadano europeo. Mi pregunta es;
Que tarjeta de residencia me corresponde ahora? Vuelvo empezar como si nunca hubiese estado en España, con la tarjeta inicial o me corresponde la permanente de todas maneras? Sea cual sea el caso, que tasa debo pagar y que documentos tengo que aportar aparte de mi NIE anterior, foto actual, l resolución y la tasa? Tengo la cita para la renovación proximamente y estoy muy confusa. Agradezco sus respuestas. Gracias!!
- Tuvo una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial.
- Cuando le correspondió solicitar la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión se la denegaron. En la resolución debió estar el motivo de denegación. Luego interpuso recurso de alzada, pero fue desestimado y ya no interpuso el recurso contencioso-administrativo.
- Posteriormente, tras haberse inscrito como pareja de hecho con su novio español, solicitó la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
Esta tarjeta, que dice que ya le ha sido concedida por ser pareja de hecho registrada de un ciudadano español, es inicial otra vez, pues la anterior quedó extinguida al haber caducado y habérsele denegado la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión y haber adquirido firmeza la resolución que la denegó. Su período de residencia legal en España comienza otra vez a computarse desde cero.
Para la toma de huellas en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía debe llevar pagada la tasa de 12 euros, que corresponde al apartado certificado de registro o tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
Debe llevar, además, la resolución favorable, el certificado de empadronamiento actualizado sí ha cambiado de dirección, la fotografía, el pasaporte, la tarjeta de residencia caducada y el comprobante de pago de la tasa (el que dice "ejemplar para la Administración").
No indica su nacionalidad, pero debe considerar solicitar la nacionalidad española por residencia en cuanto haya cumplido con el tiempo mínimo de residencia exigido para su caso.