Para renovar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, basta con haber residido de forma continuada en España durante 5 años, sin más exigencias.
El impreso, actualmente, es el EX-19. Solo debe adjuntar original y copia del pasaporte en vigor, certificados de empadronamiento, certificado de que se mantiene el vínculo familiar con la persona que le da derecho al régimen comunitario y documento de identidad de la persona que le da derecho, junto con su certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, para el caso de que no sea español. Además, 3 fotografías tamaño carné, con el fondo blanco.
El órgano competente para tramitar es la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia en la que viva. Debe presentar la solicitud dentro del mes anterior a la fecha de caducidad.
Normalmente, los requisitos son los mismos independientemente de la ciudad, según tengo entendido. De todas formas, para ahorrar disgustos, lo mejor es acudir a un abogado especializado en extranjería. Hace poco conocí un portal que me recomendó a varios abogados para un asunto particular y me dio respuestas a consultas que planteé. Se llama clicklaw.es. Quizá te sirva. Yo lo probé y encontré un abogado que me está llevando tu caso. A lo mejor encuentres abogados de extranjería allí.
Hola. Si a usted está a punto de caducarle la tarjeta inicial, de 5 años, ya le corresponde acceder a la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión con derecho a residir con carácter permanente, que tendrá una duración de 10 años.
Debe rellenar por duplicado el IMPRESO EX-16, que puede descargar de Internet y acompañar los siguientes documentos:
1.- Original y copia de su pasaporte.
2.- Original y copia de su tarjeta de residencia actual.
3.- Certificado literal de matrimonio, expedido por el Registro Civil, con una antigüedad no mayor a 3 meses.
4.- Original y copia del DNI de su cónyuge española.
5.- Certificados de empadronamiento de ambos.
6.- 3 fotografías recientes, con fondo blanco, sin gafas oscuras y sin gorros, sombreros ni nada que cubra la cabeza.
Debe presentarlos dentro del mes anterior a la caducidad de su actual tarjeta o dentro de los tres meses posteriores.
OFICINA DE EXTRANJEROS DE MADRID:
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(Madrid)
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