Buenas tardes, en fecha 30/09/2016 vence mi contrato y mi segunda prórroga de residencia temporal con excepción de la autorización de trabajo (Estancia Post Doctoral). En la fecha mencionada se cumplirán 4 años de residencia temporal. Antes de estar en esta modalidad de residencia temporal estuve en la modalidad de estancia por estudios (Estudios de Doctorado) por un tiempo total de 4,5 años. He recibido en casa el formulario para la renovación pero pone primera prórroga de residencia. No existe en el formulario una tercera prórroga de residencia. Hasta ahora me han concedido la inicial, primera prorroga y segunda prórroga. Estoy interesado en renovar por un año más. Podría renovar con una carta de vinculación a un grupo de la universidad acreditando ahorros suficientes para todo el año o sería posible tramitar la residencia de larga duración..?
Atentamente,
JASM
Puede solicitar la autorización de residencia de larga duración-UE, para ello le sirven:
1.- Los 4 años de residencia temporal continuada.
2.- El 50 % del tiempo que estuvo provisto de una autorización de estancia por estudios (2,25 años), que le permiten, sumados a los 4 que ya tiene de residencia, completar los 5 necesarios para la autorización de residencia de larga duración-UE.
Le van a exigir medios económicos y seguro médico. Si tramita el cobro de la prestación por desempleo, se lo aceptarán como medios de vida suficientes y como seguro médico será suficiente aportar la tarjeta sanitaria individual y la certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de que usted goza de la calidad de asegurado (o puede autorizar que la Administración consulte directamente este extremo).
Normalmente las autorizaciones de residencia y trabajo (o con excepción a la autorización de trabajo) se conceden en el siguiente esquema:temporal inicial (un año); temporal primera renovación (dos años); temporal segunda renovación (dos años) y luego ya corresponde solicitar la autorización de residencia de larga duración, porque normalmente ya se cumplen 5 años en todo ese período, pero si usted no los cumple aún (seguramente, porque su segunda renovación se la han concedido hasta la fecha de finalización de su contrato y no suma los 5 años completos), lo mejor es que pida la de larga duración-UE, donde sí podrá sumar el 50 % del tiempo que ha estado antes como estudiante (esto no es posible para solicitar la simple autorización de residencia de larga duración).
Existen dos tipos de autorización de residencia de larga duración. La simple, regulada desde siempre por el Derecho español, para la que bastan, en general, 5 años de residencia legal y continuada y la UE, establecida por una Directiva de la Unión Europea, transpuesta al ordenamiento jurídico español entre 2009 y 2011, en la que se puede sumar el 50 % del tiempo que previamente se hubiera estado como estudiante y donde se exige, además, disponibilidad de recursos económicos suficientes y seguro médico. Y a usted, en su caso, le conviene solicitar la residencia de larga duración UE.
Hola,
Tengo la pregunta relacionada a la anterior. Hace unos dias se me vencio la Tengo la residencia con excepcion a la autorizacion de trabajo. Durante 3 años estaba contratada por Universidad publica (contrato predoctoral), antes estaba 1 año de estancia por estudios (Master). Tengo derecho a recibir la prestacion por desempleo y me han dicho en extranjeria que puedo prolongar mi residencia con excepcion a la autorizacion de trabajo aportando el certificado de la prestacion. Pero para recibir la prestacion me exigen la tarjeta en vigor, y la puedo prolongar con la prestacion... Un bucle. Una pregunta: se puede prolongar la tarjeta de residcencia con excepcion a la autorizacion de trabajo presentando la invitacion a participar en un proyecto de investigacion de la Universidad y acreditando los medios economicos que tengo suficientes para residir en España durante un año.
Si le prorrogan la autorización de residencia con excepción a la autorización de trabajo, basada exclusivamente en la prestación por desempleo a la que tendrá derecho, sólo se la prorrogará por el tiempo que dure la prestación por desempleo, nunca por más tiempo.
Puede presentar la solicitud incompleta y le darán 10 días hábiles para aportar el documento que falta. Con el resguardo de presentación de la solicitud de renovación, que tiene por efecto la prórroga de la validez de la tarjeta caducada hasta la resolución del procedimiento, podrá solicitar el reconocimiento de la prestación de desempleo. Y luego, podrá aportar el certificado de que le ha sido reconocida la prestación o al menos, que está en trámite el reconocimiento.
Si la invitan a participar en el proyecto de investigación, debe tener la certificación de la invitación y cómo se financiará esa participación en el proyecto. Recuerde que la realización de una actividad lucrativa es incompatible con la prestación por desempleo y al mismo tiempo, su participación en el proyecto de investigación tiene que estar financiada como contrato laboral.