Ya te contestó dsg29 en cuanto a la duración máxima del contrato de interinidad para cobertura de vacante, yo sólo añadiría que no mires sólo el último contrato, el cual dices que te hicieron por 2 meses y que en principio "podría" ajustarse a la legalidad, mira todos los contratos que te hicieron desde el inicio, y si quieres indica aquí el código y causa.
Si todos son como el último está claro el fraude de ley, pero si sólo el último es por cobertura de vacante y es por 2 meses este útimo en principio se ajustía a la legalidad en cuanto a su duración, igual la empresa es "tonta" de remate pero me choca que todos los contratos anteriores fueran por cobertura de vacante, si fuera así mejor para tí que cuando intenten decirte adiós puede demandar por despido improcedente.
Mira los contratos anteriores, TODOS, si no pone el tipo indica el código y la causa, fecha de inicio y terminación.
P.D. Olvída del tema de los 24 meses tal y como lo planteas, de que no te pueden contratar más al llegar ese tiempo, el tema está en que ellos no quieren que adquieras la condición de fijo por encadenamiento de contratos temporales (2 o más contratos temporales que sumen más de 24 meses en un periodo de referencia de 30), pero resulta que el contrato te interinidad no cuenta para eso, de ahi que me choque todo.
muchas gracias, dsg29, por la informacion..otra cosa, de esto que me has comentado...mi compañero tiene el mismo contrato que yo, excepto el tema de seleccion o promocion..
él tiene que cumplir los 24 meses de contrato??
y aun peor que la ultima proroga no son de 6 meses para cumplir los dos años sino tres meses.
Pues entonces, no ajustándose la causa a la legalidad, el contrato se considera fraudulento y, por lo tanto, indefinido. La forma habitual de proceder será que, una vez te comuniquen la fecha de finalización del contrato reclames por despido improcedente.
Yo no soy ainoa, pero te dito lo que dice el art. 4 del RD 2720/1998 en relación al contrato de interinidad para cubrir el puesto de trabajo mientras se lleva a cabo un proceso de selección:
1. "[...] El contrato de interinidad se podrá celebrar, asimismo, para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva".
"2.b.[...] En el supuesto previsto en el segundo párrafo del apartado 1, la duración será la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva del puesto, sin que pueda ser superior a tres meses, ni celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima.
En los procesos de selección llevados a cabo por las Administraciones públicas para la provisión de puestos de trabajo, la duración de los contratos coincidirá con el tiempo que duren dichos procesos conforme a lo previsto en su normativa específica".
Por lo tanto, en la empresa privado lo máximo será de tres meses, mientras que si estamos hablando de AAPP la duración deberá regirse conforme a su normativa específica.
ainoia1, el contrato de servicio determinado, 410 de interinidad, , para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de seleccion o promocion para su cobertura definitiva...
mi pregunta es la siguiente para cubrir vacante son maximo tres meses?
el contrato es de interinidad 410. he ido renovando cada seis meses y ahora que falta por cumplir 6 meses para dos años..me comentan que me renovan 2 meses, que pasa con el resto de tiempo hasta los dos años?
Lo que te harían serían contratos sucesivos, esto es, acabas un contrato y te hacen otro, todos temporales.
Con lo de los 24 meses supungo que estás confundida o entendiste mal, ese plazo seguro se refiere al límite de encadenamientos temporales en un periodo de referencia de 30 meses con varios contratos temporales que en total excedan de 24 meses, pero aún así el contrato de interinidad no cuenta.
Si quieres que te ayudemos, por si tu contrato estuviera en fraude o alguno de los anteriores, indica todos los tipos de contratos (código) que tuvieste desde el inicio, causa (tiene que venir en el contrato) y duración. Si por los datos que ofrezcas tu contratación fue en fraude de ley, si al final del contrato no te renuevan pues lo que tienes que hacer es demandar por despido improcedente.
Por ciertos, indica también si los contratos fueron seguidos, si te liquidaban al acabar cada contrato y demás. Que sepas que salvo que el convenio mejore lo dispuesto legalmente el contrato de interinidad no da lugar a indemnización una vez finalizado.
El contrato de interinidad que tienes ahora es por sustitución?
Existe una contradicción en su ultimo post. El contrato de obra o servicio determinado tiene un código 401 (o 501 si es a tiempo parcial). El código 410 corresponde a un contrato de interinidad.
En cualquier caso, en ninguno de los dos contratos parece lógico realizar prórrogas pues en ninguno (salvo supuestos especiales) se indica cual es la fecha de finalización. Es decir, en ninguno se sabe exactamente lo que va a durar el contrato. Finaliza cuando termine la obra, cuando termine el servicio o cuando la persona a la que se sustituya se reincorpore. Y como digo, en la mayoría de los casos no se sabe con exactitud cuando ocurre.
llevo casi 18 meses en la empresa..me queda una prorroga, anteiormente me iban revovando de seis meses.ahora me dicen que dicha prroga será inferior a seis meses.mi consulta es la siguente..
me imformé de este contrato y su duracion maxima son 24 meses, pero al no llegar a este computo, ya que me dicen que solo me hacen tresmeses..que me uede ocurrir a finalizar 21 meses y no me pueden hacer mas prorrogas...es correcto hacer la prorroga en nferior de tiempo?