Hola a tod@s.....tengo una pequeña dudita, en una comunidad compuesta por 10 copropietarios con iguales cuotas de participación, se reunen en una junta general celebrada en la primera convocatoria, a la misma asistieron 3 copropietarios, los cuales aprobaron por una mayoría de 2 votos a favor y 1 en contra la renovacion del actual presidente....¿es correcta la actuación?....si lo es podrian indicarme el artículo en donde lo especifique, o alguna ley q lo señale así, gracias
No es correcta la actuación si como dices la junta se celebró en 1ª convocatoria, ya que se necesitan mayoria de propietarios y mayoria de coeficientes, en este caso en 1ª convocatoria serian necesarios 6 copropietarios y el 51% de coeficientes. Si la JUnta se celebra en 2ª convocatoria se necesita mayoria de ASISTENTES y mayoria de coeficientes de los ASISTENTES. Un saludo
Como muy bien dice niuk no es correcto, pero habrá que esperar a recibir el Acta. No creo que recononozcan que el acuerdo de de la destitucion se tomó en primera convocatoria. Y aunque así hubiera sido, quien no esté conforme deberá discrepar (eso no vale para nada) si no piensas impugnar judicialmente (en tiempo y forma).
Lo siento, terina, esa es la pura realidad. (no le des mal vuentas y pasa....) Feliz verano.