1.- Desde que entró en vigor el estado de alarma, quedaron suspendidos le interrumpidos los plazos y términos administrativos, de modo que no están corriendo ahora y puede esperar a que se levante el estado de alarma para presentar su solicitud a través del Registro de la Subdelegación del Gobierno en su provincia o de la Comunidad Autónoma, que lo remitirán a la Oficina de Extranjería. Para las renovaciones no se exige solicitar cita previa, se puede presentar directamente.
Las Oficinas de Extranjería están cerradas al público mientras dure el estado de alarma y también las comisarías del Cuerpo Nacional de Policía que efectúan trámites de expedición de documentos a españoles y extranjeros.
2.- Si no quiere esperar, puede solicitar la renovación por Internet, a través de la plataforma MERCURIO o del Registro Electrónico Común ( RED SARA). Debe dirigir la solicitud ( impreso EX-19 cumplimentado) y los documemtos preceptivos escaneados en formato PDF ( no más de 5 archivos, de los cuales ninguno puede superar los 5 MB y el conjunto de todos los archivos no puede superar los 15 MB). Pero es necesario que tenga instalado en su ordenador un certificado digital (puede ser suyo o de su cónyuge española, que puede presentar la solicitud con su certificado digital en su nombre y representación), la aplicación AUTOFIRMA y el programa Java. Deberá dirigir la solicitud a la Oficina de Extranjería de su provincia.
3.- Cuando se tramita por Internet, en la forma antes indicada, también se notifica por Internet, a través de la CARPETA CIUDADANA : para acceder a ella, también es necesario contar con cerrtificado digital, para descargarse la resolución y el acta de notificación electrónica.
4.- Con todo, deberá esperar a que el Cuerpo Nacional de Policía vuelva a atender al público para la expedición de la tarjeta ( toma de huellas), pero hasta tanto, con la resolución favorable será suficiente para que pueda probar que le ha sido renovada y si está trabajando, para que su empleador sepa que tiene renovada su tarjeta.
Hola buenos dias me podrias ayudar tengo el nie de rgimen comunitario casado con una cuidadana española pero a mediados de abril se me caduco pero me dieron para 2 años la primera tarjeta y por esto del confinamiento no logro obtener cita la pregunta es tengo que acercarme ala policia a renovar o primero debo adjuntar domuentacion en la oficina de extranjeria de mi sector como porcedo por cuando la saque x primera vez fui a extranjeria y luego me mandaron ala policia pero como es renovacion debo hacer el mismo procedimiento pero el otro problema es que estan dando citas ni en extranjeria ni en la policia ayudame xfavor me preocupa xk no se si estare sin docmuento
1.- Si su cónyuge es titular de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial, en principio, si permanece fuera de España por más de 6 meses en un año se produciría la caducidad por ausencia ( hay, con todo, excepciones).
2.- Si su cónyuge actualmente es titular de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial, le corresponderá solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión con derecho a residir permanentemente en España. Sin embargo, la solicitud ha de presentarse dentro de los plazos establecidos :
- Dentro del mes anterior a la caducidad.
- Dentro de los 90 días siguientes a la fecha de caducidad.
Fuera de esos plazos, ya no puede admintirse ninguna solicitud de tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión. Es posible, en todo caso, si ya ha pasado el plazo, que solicite nuevamente la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión inicial.
3.- Al ser su cónyuge nacional de un Estado a cuyos nacionales no se les exige visado para ingresar en el espacio de Schengen, puede cruzar la frontera exterior del espacio de Schengen, aun con la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión caducada si lleva consigo prueba de que es cónyuge de una persona de nacionalidad española ( certificado literal de matrimonio actualizado expedido por el Registro Civil español o Libro de Familia).
4.- No indica si acaso su cónyuge ya ha solicitado la nacionalidad española por residencia. Es conveniente que lo haga cuanto antes si aún no lo ha hecho, para que el procedimiento avance. A los extranjeros casados con personas de nacionalidad española solo se les exige un año de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Hola.soy español y estoy casado con mexicana, su NIE caduca el 11 de enero del 2020. Tenemos los billetes de avión ya pagados para irnos a mexico y en esta fecha de renovación estamos en mexico..regresamos el 28 de abril del 2020 y ya con el NIE caducado..hay algún problema para la vuelta de mexico a españa con el NIE caducado? Se podrá renovar en la vuelta..muchas gracias..
En caso de divorcio del ciudadano de la Unión ocurrido antes de que se haya adquirido el derecho de residencia permanente en España, sólo conserva el derecho de residencia en régimen comunitario el ex cónyuge o ex conviviente de hecho registrado extracomunitario que cumpla con los requisitos para conservarlo. Pero los demás familiares extracomunitarios del ex cónyuge o ex conviviente de hecho registrado que hubieran dejado de tener la calidad de familiares de ciudadano de la Unión en razón del divorcio, deberán solicitar una MODIFICACIÓN a régimen general en el plazo de tres meses siguientes a la fecha de la firmeza del decreto o sentencia de divorcio o del otorgamiento de la escritura pública de divorcio por mutuo acuerdo.
En el caso de que ya le corresponda renovar, tendrá que solicitar una autorización de residencia de larga duración en régimen general, siempre y cuando hubiera residido legalmente en España durante, al menos, 5 años de forma continuada.
Tengo una duda para renovar el Noe comunitario de mi hijo, que es menor, estudia y reside aquí en es España. Soy divorciada de un ciudadano italiano con Derecho a conservar nie comunitario pero no se si mi hijo conservaría el mismo o como hacer para que continúe legal en España. Por favor ayuda. Me urge. Gracias de antemano.
Gracias por su respuesta. Si, pensaba que no era discriminatorio, pero me ha sucedido en ods ocasiones. Solo me queda esperar a que la resolucion salga cuanto antes, mientras, como se dice popularmente: " a buscarse la vida". Un saludo.
Hola, no soy un experto pero he visto este articulo***donde dicen que no deberian denegarle el trabajo, sobre todo si ya tiene el expediente en trámite.
De todas maneras, hay un plazo de 3 meses de resolución, supongo que no deberan tardar en hacerle saber el resultado.
Queria consultar un tema de expediente de extranjeria que lleva presentado y sin respuesta desde el pasado dia 2 de agosto. Es una renovacion de nie, de familiar cpmunitario. La cuestion es que al no haber resolucion y haber consultado innumerables veces con el expediente el enlace correspondiente, la respuesta es siempre la misma: en vias de grabacion y tramitacion,
Esto me ocasiona un perjuicio porque estoy tratando de emplearme y me deniegan un puesto de trabajo por ver mi nie caducado, pese a mis explicaciones sobre el tramite pendiente.
¿Que medidas podria tomar o me aconsejan en este caso?
Gracias por sus contestaciones, reciban unn cordial saludo.
1.- Si usted es británica, por tanto, ciudadana de la Unión y ya adquirió el derecho de residencia permanente en España y tienen en su poder el certificado de registro que así lo acredita, no está obligada a solicitar ninguna renovación.
Para los ciudadanos de la Unión y asimilados ( nacionales de Islandia, Noruega, Liechtenstein y Suiza), sólo se prevé la obligación de solicitar un certificado de registro (tarjeta verde de comunitarios) inicial, que no tiene fecha de caducidad.
Sin embargo, cuando la persona ciudadana de la Unión o asimilada ha residido en España de forma continuada durante cinco años como titular del certificado antes mencionado, adquiere el derecho de residencia permanente en España y debe solicitar un certificado de registro en el que se indique expresamente esta circunstancia. Con dicho certificado es suficiente, porque tampoco tiene fecha de caducidad.
2.- La normativa en cambio prevé exclusivamente para los familiares extracomunitarios de ciudadano de la Unión la obligación de solicitar la renovación de su tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión cada 10 años. El legislador comunitario, en la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, ya deja en claro la voluntad de exigir exclusivamente una tarjeta de residencia en formato carné y con fotografía a los familiares extracomunitarios de ciudadano de la Unión, pero no a los ciudadanos de la Unión.
Los familiares extracomunitarios de ciudadano de la Unión, una vez adquirido el derecho de residencia permanente en España y obtenida la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión, se entienden residentes permanentes en España, pero en cambio, como son nacionales de Estados extracomunitarios, siguen estando obligados a solicitar la renovación de su tarjeta de identidad de extranjero, que en su caso, debe hacerse cada 10 años, a diferencia de las personas sujetas al régimen general, que deben solicitarlo cada 5 años.
Por tanto, usted no está obligada a solicitar la renovación de su certificado de registro donde se indica que ha adquirido el derecho de residencia permanente en España, porque esa obligación exclusivamente ha sido establecida para las personas nacionales de Estados extracomunitarios que sean beneficiarias del derecho de residencia en régimen comunitario como familiares de ciudadano de la Unión.
Hola, tengo una duda. Soy de nacionalidad Inglesa y tengo el certificado de registro como ciudadana de la Unión (la hoja verde y nº de NIE) desde hace 10 años (vivo y trabajo legalmente en España). Un funcionario me comentó que debo renovar esto cada 10 años, ¿esto es correcto?. En la hoja verde no pone nada y la información en internet es bastante confusa.
Lo que puedo entender es que no tengo que renovar nada y la información que me han dado es errónea. Por favor si podéis ayudarme con esta duda.
Muchas gracias y saludos
Os quería consultar, tengo que hacer la renovación de mi NIE para realizar el cambio de cónyuge y poder gestionar la solicitud de nacionalidad.
Mi NIE vigente tengo que renovarlo en el 2019, llevo 10 años con NIE como comunitaria, al ser este mi segundo matrimonio puedo solicitar el permanente a pesar de que en mi segundo matrimonio llevo dos años? Y que modelo y documentación debo presentar
1.-Usted, por lo que indica, ya adquirió el derecho de residencia permanente en régimen comunitario en España cuando estaba casada con su primer cónyuge. El derecho de residencia permanente en régimen comunitario, por tanto, ya lo había adquirido al momento de divorciarse. Pero estaba obligada a comunicar a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia el hecho del divorcio.
2.- Al casarse con su segundo cónyuge, como usted ya era residente permanente en régimen comunitario, porque había adquiriro tal derecho desde antes, ese nuevo matrimonio no tiene incidencia alguna en lo concerniente a su derecho de residencia. Pero sí estaba obligada a comunicar a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia que se había vuelto a casar.
Los extranjeros que residan en España están obligados a comunicar a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia en la que residan todos los cambios de estado civil que se produzcan. Y no es por cotilleo sobre la vida privada de las personas, sino porque el estado civil de las personas como tal es materia de orden público .
3.- Puede solicitar la expedición de una nueva tarjeta de identidad de extranjero, en su caso, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, en la que ya no aparezca el nombre de su cónyuge anterior, que fue quien le dio el derecho de residencia en España en un primer momento.
Pero para solicitar la nacionalidad española por residencia, en lo concerniente a su estado civil, puede adjuntar como pruebas la sentencia de divorcio del anterior matrimonio y la certificación literal de matrimonio del actual matrimonio, lo cual será prueba suficiente de que disolvió el matrimonio anterior en legal y debida forma antes de contraer el segundo.
Si ya adquirió el derecho de residencia permanente en España, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión se debe renovar automáticamente cada 10 años.
Pero usted se ha divorciado del ciudadano de la Unión que le dio el derecho de residencia en España en su momento : como ya ha adquirido el derecho de residencia permanente, el divorcio del ciudadano de la Unión ya no resulta relevante en lo concerniente a la conservación de su derecho de residencia en España. Sin embargo, usted está obligada a comunicar a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia que se divorció del ciudadano de la Unión que le dio el derecho de residencia en España. No existe un modelo oficial, basta con que redacte una sencilla comunicación y adjunte copia de la sentencia de divorcio y si ya la tiene, además copia del certificado literal de matrimonio con la certificación de inscripción de la sentencia de divorcio, puede presentar la comunicación en el Registro de la Subdelegación del Gobierno en la provincia, en el Registro de la Administración de la respectiva Comunidad Autónoma, en el Registro del Ayuntamiento si hubiera celebrado convenio al respecto con la Administración General del Estado o en las oficinas de Correos a manera de "correo administrativo". Todos los extranjeros que residan en España están obligados a comunicar a la autoridad competente los cambios de estado civil.
Por lo demás, debe dirigirse directamente a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía para que le sea expedida la nueva tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. El impreso que debe rellenar es el mismo EX-19 y debe adjuntar su certificado de empadronamiento si hubiera cambiado de domicilio, pasaporte completo en vigor, tarjeta de residencia anterior, fotografía y comprobante de pago de la tasa.
En su caso, como ya es residente permanente en régimen comunitario, la tarjeta se debe renovar automáticamente, sólo debe acudir a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía a que le sea expedida.
Buenas tardes, le comento soy ecuatoriana y llevo casi 18 años residiendo en España, consto como residente comunitaria por mi primer matrimonio desde el 2005, tengo la próxima renovación para el 2019. Obtuve el divorcio hace dos años y me casé con mi pareja, tenemos un hijo. El hecho es que estoy intentando aplicar a la nacionalidad, ya hice el examen requerido y aprobé. Ahora tengo que renovar el estado civil de mi NIE... supongo que no debería tener ningún problema, porque haya cambiado el nombre de la persona por la que se me había concedido la residencia (llevamos 5 años de relación y dos de casados. Debo presentar certificado literal de matrimonio, las fotos, el formulario seguirá siendo el ex19?, El NIE vigente, y copia del pasaporte...
Hola
Porfavor,Tengo dudas.Yo y mi hija de nacionalidad rusa,Tenemos residencia permanente de 10años,Es renovado por segunda ves y caduca en agosto..Yo estaba casada con un español,pero ahora estamos separados...Llevamos con mi hija más de 15años en España...Que papeles tenemos que presentar y que tipo de formulario???
Gracias
Buenas tardes Conde.
En febrero de 2018 estoy próximo a cumplir 5 años con mi NIE por ser familiar de ciudadano español, mi mujer es española. Tengo viviendo en España desde febrero de 2012, 6 años cumpliría en febrero de 2018. tengo 2 preguntas:
1) puedo solicitar mi tarjeta de residencia permanente antes de que se venza mi NIE actual en febrero de 2018? el problema es que me iré a trabajar fuera de España en noviembre y regresaré en aproximadamente 1 año. aunque tendré visitas cada 3 meses que durarán 2 semanas aproximadamente. Esto por dejar el trámite listo antes de irme.
2) Se caducaría mi NIE por esta fuera de España por ese período? la empresa que me ha contratado acá en España tendría problemas con mi contratación si estoy trabajando para ellos fuera de España por ese período?
Toda la información que puedas darme al respecto te la agradecería.
Hola tengo dudas espero que me ayuden mi marido tiene cita para renovar el nie en regimen comunitario yo soy española que documentacion tiene que aportar el dia de la cita, ya que al pedir la cita por internet sale para solicitar el TIE no se si es lo mismo y estoy un poco perdida en este tema por aqui he leido que solo pasaporte, dni mio, certificado literal de matrimonio no se si estoy en lo cierto.
Si es residente permanente en régimen comunitario debe dirigirse directamente a la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de su localidad y solicitar la renovación. Básicamente se requiere:
- La tarjeta anterior.
- Certificado de empadronamiento si hubiera cambiado de domicilio.
- Tres fotografías tamaño carné.
- Pago de la tasa : 10.60 euros, que se debe llevar ya pagada, para lo cual se debe descargar el impreso de la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y pagar en el banco, aunque también existe la opción de pagar en línea con tarjeta de crédito o débito.