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Renovación- Cuando puedo contratar?

4 Comentarios
 
Renovación- cuando puedo contratar?
22/06/2006 13:17
Quiero contratar a un trabajador extranjero el cual está en proceso de Renovación de la 2ª autorización de residencia temporal y trabajo.

La autorización 1ª de permiso de residencia y trabajo no le permite trabajar en el sector para el cual lo quiero contratar.

¿Debo esperar hasta la resolución definitiva?

¿Puedo contratarlo ha partir de los 3 meses del inicio del trámite de renovación, entendiendo que el silencio administrativo es positivo?.

¿Puedo contratarlo a partir de la fecha en que se inicia el tramite de renovación?.

Soy de Barcelona, ¿hay algún centro/organismo/etc. donde pueda recabar información de estos temas?
22/06/2006 16:45
no es la 2ª si no la 1ª renovación, ya que dices que tiene restriccion de actividad, mejor esperar hasta la resolución definitiva, una vez tenga la resolución va a la seguridad social y lo da de alta, si queire mas info al respecto vaya a la UGT en barcelona y alli le daran asesoria juridica.
22/06/2006 18:34
Muchas Gracias Poncho
29/06/2006 18:32
Como que está en proceso de renovación, y si ha cotizado con la primera tarjeta 6 ó más meses entonces, se podría realizar el alta en la seguridad social sin esperar la resolución.

Si no entiendo que se tendría que esperar a la resolución.
De acuerdo con Santos, se le puede contratar y dar de alta en la Seguridad Social, aunque la validez del contrato está supeditada a la resolución favorable, teniendo validez durante ese período, aunque se denegara