Unos hermanos disponemos de varios bienes pendientes de adjudicación de herencia. Sobre uno de los bienes concretos era conveniente realizar un trámite previo ante la Administración, del que se ha encargado un heredero concreto, rechazando la ayuda ofrecida por los demás para realizar dicha gestión. Únicamente sabemos que la Administración ha resuelto negativamente la solicitud presentada, pero el resto de herederos desconocemos toda la gestión realizada sin que se nos haya facilitado copia de la documentación presentada ni de las contestaciones de la Administración. He solicitado a ese heredero que me facilite copia de los documentos presentados (es un inmueble que legalmente pertenece a todos), pero por ahora se niega. ¿Esta obligado a rendir cuentas al resto de herederos y facilitarnos toda la documentación de ese tramite?
En el testamento en el que se me nombra heredero, ese bien concreto figuraba como Legado para el heredero que ha realizado la gestión. Posteriormente esta persona renunció ante Notario a ese Legado, volviendo el bien a la masa hereditaria, pero no dispongo de copia de esa renuncia, por lo que si me presento en la Administración con el Testamento (sin la renuncia) es probable que no consiga acreditar que es legitimo solicitar esa documentación.
¿Legalmente está obligado a facilitarnos esa documentación?¿Según que articulo del Código Civil estaría obligado a facilitarnos esos documentos?