¿Alguien podría decirme qué conceptos tengo que sumar para cumplimentar el modelo 110 (IRPF)? supongo que se calculará con el salario bruto del empleado, pero ¿y qué pasa cuando también se le facilita la vivienda?
Cuando se le facilita vivienda es una retribucion en especie que tendra que estar valorada como marca la ley (creo que en este caso es el 10% del valor catastral). Tendrias que cumplimentarlo en el apartado donde aparece este tipo de retribucion.
Un saludo