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Rendimientos de trabajo a efectos del IRPF

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Rendimientos de trabajo a efectos del irpf
11/12/2010 13:41
Buenas;
Necesito saber si a efectos del IRPF, los siguientes rendimientos son calificados o no como de trabajo, y si están exentas. Muchas gracias.

1 - El bote de las propinas repartidas entre los camareros de un restaurante.
2 - Retribución percibida por el albacea de una herencia.
3 - Prestación de viudedad pagada por una empresa con cargo a un fondo interno.
4 - Remuneración percibida por un abogado en el desempeño de la labor de administrador judicial.
5 - Honorarios de un perito judicial.
6 - Honorarios de los comisionistas.
7 - Honorarios de un profesor particular.
8 - Renumeraciones percibidas por los componentes del equipo olímpico español de tenis de la Federación de tenis.
9 - Reintrego por la empresa de gastos médicos en los que ha incurrido el trabajador.
10 - La pensión de orfandad.
11 - Ingresos obtenidos por un alumno al ceder a una copistería los apuntes de clase para su reproducción y posterior venta.
12 - Premio obtenido por elaborar un material educativo que va a ser difundido por la consejería de educación en su plataforma digital.
13 - Pensión por alimentos percibida por un miembro de la pareja de hecho de su ex pareja.
14 - Una empresa concede opciones de compra a sus directivos y técnicos, intransmisibles, en las siguientes condiciones:
15 - Año 200x opción sobre 1000 títulos a 6 euros
Año 200x 1 opción sobre 1000 títulos a 9 euros
16 - Las mismas pueden ejercitarse en 200x 2 y 200x 3. Calcula la retribución en especie correspondiente teniendo en cuenta que en el momento en el que se ejercen cotizan a 9 y 13 euros respectivamente. (Retención 40%)
17 - Un trabajador es despedido después de 8 años en la empresa. La indemnización percibida es de 120.000 euros aunque la máxima legal prevista según el ET es de 30.000 euros.