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remisión de partes de baja

3 Comentarios
 
Remisión de partes de baja
01/06/2015 20:21
Hola, tengo una duda que me gustaría que me solucionaran. Estoy empezando a llevar el departamento laboral de una empresa, y me ha llegado un trabajador con una parte de baja médica, que he mandado a la mutua. mi duda es si además de enviarla a la mutua tengo que comunicarla también al INSS o no, y en tal caso cuál es el medio para comunicarla y los plazos. Los partes de confirmación de la baja ¿también hay que comunicarlos a la mutua, al INSS ?. Necesito que me ayuden. Gracias.
02/06/2015 11:51
Hola: Lo primero los tienes que comunicar tú vía telemática, bien por Winsuite (descárgalo) o directamente on line en la web de la seg. social. Hay plazo de 4 o 5 días (como lo cambian ya ni lo se), cuando lo envías el sistema lo remite directamente al la mutua que es la que lo gestiona. Los partes de confirmación también cinco días por el mismo sistema. Cuando es por accidente laboral además debes realizar el envío por DELTA. LLama a tu mutua y coméntales la situación, si son piadosos te lo enviarán ellos, aunque no lo creo.
un saludo
02/06/2015 14:07
Es decir, tengo que comunicar al INSS vía telemática los partes de baja y de confirmación de las contingencias comunes, y las contingencias profesionales debo hacer el envío a través de Delta y tambíén a través de FDI? de las dos formas?
02/06/2015 15:38
Partes de baja y confirmación por IT EC/ANL: a través de winsuite o On line.
Partes de baja AT: Delta y Winsuite o On line.
Todo a través de winsuite, y si además es AT hay que hacer DELTA.
FDI no se qué es?