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Relaciones laborales

1 Comentarios
 
Relaciones laborales
24/06/2004 20:22
¿Que tipo de relacion laboral puede darse, entre el marido de la dueña de un supermercado, que trabaja llevando la unica caja que hay, y otro trabajador, que esta con un contrato de arrendamiento de servicios y cotiza en la SS como autonomo?¿Es posible que se desprenda alguna consecuencia juridica que la situacion contractual de estas personas afecte a la empresa?
25/06/2004 09:56
A mi entender no existe relación laboral ni consecuencia jurídica que pueda darse así sin más explicación.
Las características de la relación laboral, es decir del contrato de trabajo son:

Ajeneidad: El trabajador no es dueño de los resultados de su trabajo.Lo que produce no le pertenece a él si no a otra persona que es el empresario.

Retribución: El trabajador presta los servicios a cambio de un pago o remuneración que incluye tanto prestaciones salariales como extrasalariales.

Dependencia: La realización del trabajo se efectúa bajo dirección del empresario. El trabajo es organizado por la empresa y el trabajador lo cumple en los términos convenidos.

Carácter personal: El trabajador se compromete a realizar personalmente la prestación de servicios sin que pueda delegar en otra persona, ni designar sustituto alguno.

Voluntariedad: Las dos partes (empresario y trabajador) acceden de forma voluntaria, sin que puedan existir relaciones forzosas o coaccionadas.

El arrendamiento de servicios es un contrato entre profesionales o entre personas individuales o entre organizaciones empresariales, por el que uno presta servicios a otro por un precio cierto. El objeto del contrato es el trabajo o actividad que desarrolla una de las partes a cambio del precio y comporta una libertad de actuación profesional. En este caso sería como trabajador por cuenta propia sin dependencia .

Saludos.