Tu relación laboral se rige por el Estatuto de los Trabajadores y Convenio Colectivo que te sea aplicable.
El art. 1.3a) excluye al personal al servicio que del Estado, las Corporaciones locales y las entidades públicas autónomas, cuando, al amparo de una Ley, dicha relación se regule por normas administrativas o estatutarias.
Como tu relación no la regulan normas administrativas o estatutarias no entrarías en la exclusión del mencionado artículo.
Soy contratado laboral (pers.laboral interino) de una administración local, me podeis contestar por qué leyes, normas administrativas o estatutarios se rige mi relación. Según el art.3 a) del estatuto de los trabajadores, no estaría incluido en ese ambito de aplicación?. Muchas gracias.