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Relación laboral sin contrato

1 Comentarios
 
Relación laboral sin contrato
22/01/2014 10:41
Buenos días,
Hasta el día de hoy la elaboración de mis productos la ha venido realizando una empresa externa SIN EXISTIR CONTRATO entre nosotros. He tenido muchos problemas con ellos (han incumplido muchas cosas que se habían pactado VERBALMENTE) y además mi producción en estos momento es tan mínima que no me compensa seguir teniendo relaciones con ellos (aunque no pago nada si no produce nada) y he optado por realizar mi producción yo personalmente en un local. Sé que la primera intención de esta empresa ha sido denunciarme al notificarles que quiero cesar mi relación con ellos y que quiero llevarme todo lo que tienen ellos y me pertenece (hasta la instalación eléctrica de su local la he pagado yo). Aunque YO LE INSISTI han sido ellos los que han demorado el realizar un contrato, contrato que hubiesen incumplido ya que en cada reunión que teníamos se desdecía de lo dicho en la anterior. Tengo más de un mail en los que les recrimino que hacen lo que quieren. Mi pregunta es, pueden hacer algo contra mí o más bien es al revés?
Muchas gracias
28/01/2014 11:56
Es muy confuso todo lo que expone.

Si me baso en el título usted AFIRMA que existe una relación laboral sin contrato, entiendo que se refiere a que no hay contrato escrito, pero el contrato de trabajo existe aunque sea de palabra (art. 8 ET), aunque para determinadas modalidades se exige forma escrita el incumplimiento de esta NO significa que el contrato no exista, sino que la ley lo que hace es presumirlo a tiempo completo e indefinido.
Si hay un contrato laboral, insisto aunque sea de palabra, lo que importa es que se den las notas que determinan la existencia de un contrato de trabajo, usted es empresario de los trabajadores ocupados, a usted le corresponde ingresar las correspondientes cotizaciones y si ahora despide a los trabajadores pues pagar las indemnizaciones.

Si usted no se refiere a un contrato laboral sino a un contrato mercantil o civil de prestación de servicios, debe especificar un poco más...si la otra empresa existe (dada de alta como tal), si usted participación en ella, si usted subcontrató con ella la prestación de x servicios, etc. Y tenga en cuenta que en materia de subcontratación, además tratándose de la propia actividad (productos objeto de su actividad) existe un régimen de responsabilidad del contratista principal que sería usted, y la TGSS o ITSS si el otro empresario no está al corriente del pago de cuotas puede extender acta de liquidación de cuotas con su sanción a su empresa por no haber solicitado certificado de descubiertos, los trabajadores si les deben salario pueden demandar a la empresa subcontratista o a usted (empresa contratista), etc.

Son muchas cosas, debe empezar por explicar mejor la situación, pues este tipo de cosa "opacas" traen muchos problemas. Fundamental que aclare si existe una empresa o 2, y si hablamos de relación laboral por existir una única empresa (aunque sean dos locales con medios, pero suyos) o de existir 2 si hablamos de relación mercantil.