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relacion laboral encubierta

3 Comentarios
 
Relacion laboral encubierta
30/01/2010 11:04
Hola que tal, soy "eco61", entro aquí para exponer un caso que según he leído puede tratarse de una relación laboral encubierta.
Bien, me explico, llevo unos 5 años trabajando para una empresa pública con gestión privada, dicha empresa es perteneciente a la consejería del gobierno de una comunidad. Tengo un contrato firmado, desde el inicio de mi relación con ellos, el cual es un contrato mercantil, por tanto me obligan darme de alta como autónomo para acceder al puesto y a hacerme cargo del pago de la seguridad social.
Las tareas que desarrollo son llevadas a cabo de manera Personal: son realizadas por mi mismo, Voluntaria: el trabajo lo realizado voluntariamente, Por cuenta ajena: el fruto del trabajo no es mio sino del empresario, por cuya cuenta trabajo, Retribuida: soy retribuido por el trabajo desarrollado, es decir, recibo un salario por mi trabajo, Dependiente: estoy sometido al poder de organización y disciplina del empresario; como por ejemplo indicar donde debo trabajar, uniforme que debo llevar, ordenes que debo recibir y de quien, etc.
Además de esto se da el caso que en la misma empresa citada existen puestos de trabajo ocupados por profesionales de mi misma categoría con funciones equiparables a las que desarrollo y están contratados vía contrato laboral, los cuales han sido contratados a posteriori de estar trabajando ya en esta empresa, dichos puestos de trabajo han salido como OPE y no he tenido derecho alguno a ocuparlos, si a presentarme, pero no he sido elegido.
Mis preguntas son:

1. ¿Tendría derecho al reconocimiento de la relación laboral?
Puedo demostrar que se me ha contratado con el contrato que tengo en vigor a dia de hoy, comprobantes bancarios de que la empresa me realiza un ingreso pedioco mensual por mi trabajo, documentos laborales en los que aparece mi nombre como profesional que desarrollo la labor encomendada e incluso grabaciones de voz donde se demuestra que estoy trabajando y se me indican las funciones que debo realizar.

2. Si se me reconociese la relacion laboral que derechos tendria y que represalias podria tomar la empresa contra mi.
1.Alguna clausala del contrato que pudiera ser excluyente.
2. Si las clausulas del contrano no tendrian ninguna validez si las condiciones del trabajo son realmente de una relacion laboral.
3.Si se hace la demanda conjunta por un grupo de profesionales:
A) Si estos podrian denunciar como una sociedad, no de forma individual, para que asi no puedan haber replesalias.
B) Si alguno de los profesionales demandantes, ademas de este ejercicio realizan otro en otra empresa distinta, pero que realizan una labor del mismo sector podrian tener algun tipo de sancion, bien por parte de la seguridad social o parte de las empresas.
C) Si el numero de demandantes es superior a los puestos que se deberian cubrir, ¿deberian ser todos contratados ? y si no ¿dependeria de la antigüedad del ejercicio de la labor?
Bueno agradeceria vuestra opinion profesional. Si necesitaran que les citara las clausulas del contrato se las podria transcrivir y asi a lo mejor seria mas facil, pero independientemente de la clausulas que opinan. Muchas Gracias
30/01/2010 13:02
Hola voy a tinentar responder por partes.

Por los datos que aporta parece que estamos ante un "falso autónomo" y por lo tanto es evidente que tiene derecho a que se le reconozca su condición de trabajador por cuenta ajena.

Si se le reconoce la existencia de la relación laboral pasaría a tener todos los derechos de un trabajador por cuenta ajena. Por ejemplo: Su condición de trabajador conlleva que debe ser dado de alta en el Régimen genreal (y no en el RETA) y eso le beneficia pues la protección que recibe es superior (el desempleo no se reconoce en el RETA a día de hoy). Además las cotizaciones deberán ser soportadas en mayor medida por el empresa y no por usted (como ocurre en el RETA). Por otra parte si el empresario trata de echarle, deberá recurrir al despido con las consecuencias que ello conlleva (indemnización).

Las represalias que la empresa tratara de tomar contra su reclamación serían poco efectivas pues usted quedaría amparado por el "principio de indemnidad", que básicamente impide al empresario tomar medidas contra trabajadores que reclaman judicial o extrajudicialmente la efectividad de sus derechos.

Las cláusulas que puedan incorporar los contratos no pueden hacer pasar una relación laboral como mercantil (art. 8.1 del ET: "Se presumirá existente el contrato de trabajo entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro y el que lo recibe a cambio de una retribución a aquél"). Por lo tanto son indiferentes las cláusulas del contrato mercantil si su relación es laboral.

Las demandas se pueden interponer de forma conjunta por varios trabajadores, pero no como sociedad, eso no es viable.

Lo del nº de demandantes superior al nº de puestos no lo entiendo bien. Si tales trabajadores prestan servicios en una empresa, están ocupando un puesto real en la misma y entonces habría tantos demandantes como puestos. Y tendrán derecho a ocupar ese mismo puesto, pero como trabajador por cuenta ajena, y no como falso autónomo.

salu2
30/01/2010 14:07
te explico lo que significa. Bien a ver , somos como 20 personas que ocupamos el puesto, que segun el convenio o de la profesion a la que nos dedicamos, seria de unas 15, pq son unos 20, pq a la empresa le da igual contratar 10 que 30 ya que al no pagar seguridad social el gasto para la empresa sigue siendo el mismo, lo que le interesa es tener el servicio cuvierto, el cual es un servicio publico, que no se si eso hace que este caso pueda ser mas fraudulento.
si quieres que te detalle mas el caso con respecto a profesion y como es todo para arrojarte mas luz este es mi correo: enfermerodeemergenciassanitarias@hotmail.com, asi podremos hablar mas abiertamente,
01/02/2010 23:25
He visto que el tema ha sido visitado en varias ocasiones en 2 días.
Bien otra de mis preguntas o bien el miedo de poner o no la demanda, y pensando que ganaría, que eso lo tengo cada día más claro, es.
• Creo que me puedo quedar sin trabajo
• Si me quedo sin trabajo, en otras empresas donde solicite trabajo podre aportar documentación como que he trabajado para esa empresa pública como empleado de la misma, lo digo porque en oposiciones a las que he asistido la puntuación no me ha contado como empleado de empresa pública si no como una empresa privada.
• Otra gran duda que tengo es que si tengo derecho a percibir sueldo que no he percibido durante mi etapa de autónomo, me refiero a sueldo por convenio, pagas extras, vacaciones, etc.
• Si me devolverían lo tributado a s.s. y si me lo tendrían que pagar ellos beneficiándome de ello en una futura jubilación.
• Y que cosas tendría que tener más en cuenta para poner la demanda, me refiero para sacar el máximo partido.