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Relación laboral cambiada a profesional

1 Comentarios
 
Relación laboral cambiada a profesional
28/06/2005 00:09
Trabajo en un centro de formación desde hace más de 4 años. En él estamos unos cuanto profesores "fijos" que superamos cada año las 400 horas de clase, teniendo cada uno asignadas una o varias materias, que impartimos en cursos sucesivos a lo largo del año.

En el 2001, 2002 y 2003 nos ingresaban el dinero como rendimientos del trabajo, con clave fiscal F2 (cursos, conferencias). Pero en el 2004 y sin que lo supiéramos nos cambiaron y nos estuvieron ingresando todo el año como profesionales, con clave fiscal G1, a pesar de que la actividad ha sido la misma e incluso los cursos han sido los mismos. Nos hemos dado cuenta ahora, cuando nos han presentado los certificados de retenciones fiscales.

Ahora tenemos que hacer la declaración del IRPF y se supone que debemos declarar el dinero que nos pagan como "actividad económica" para que concuerde con los datos fiscales que presentó la empresa, a pesar de que ninguno estamos de alta en el IAE ni como autónomos, porque no lo somos realmente.

Algunoas sabemos que si denunciamos al centro conseguiríamos el reconocimiento de una relación laboral, pero también el despido inmediato, aunque fuera improcedente. Por eso seguirmos callados y aceptando la situación.

Preguntas:

1- Presentar la declaración del IRPF como "actividad económica", ¿supone algún tipo de aceptación de la situación?

2- El hecho de que nos hallan cambiado a profesionales ¿perjudica en algo la viabilidad de una denuncia futura?

Gracias.
28/06/2005 18:29
Hola Kiko. No es la primera vez que en este foro sale el tema y ello es debido a las limitaciones o restricciones que tienen las administraciones a la hora de contratar.

Como bien dices la solución está en coger y afrontar la situación (con el consiguiente riesgo de perder el empleo, aunque indemnizandote) o dejar que el tiempo juegue a vuestro favor con más periodo y alguna solución le darán. El problema está (y me imagino que deberíais haberlo observado antes) en que no cotizais a la seguridad social.

Es díficil el aconsejar sobre los riesgos colaterales que pueden surgir, y por ello, la solución debería tomarse por cada afectado o en conjunto. Pero, que siempre habrá quien esté dispuesto después a continuar con la labor.

Decirte finalmente, que con no denunciar en este momento, no se pierde el posible derecho de ejercerlo en el momento oportuno. Por otro lado, nada impide que la declareis como salarios con la retención del correspondiente 15% que me imagino que os habran hecho. Si reclama a vosotros Hacienda, vosotros lo habeís realizado como estimais que es. Que le pregunten a la Administración, el porqué lo estima así, sin exigiros el alta de actividades profesionales.

Que os vaya bien.