Hola, actualmente he encargado unas obras para climatización de un local, es un local muy largo y la parte trasera ha sido tapiada por resolución judicial al prohibirse todo tipo de servidumbre, ya que el patio trasero es privado. Para la instalación de la máquina de aacc, quisiera saber si colocando el aparato de aire dentro de mi local y tan solo abrir una rejilla al exterior, si hay alguna servidumbre que impida la colocación de la misma, al no tratarse de entrada de luz, salida de humos, ruido, vistas o demás contempladas en las servidumbres existentes. El muro trasero sí pertenece a la finca de mi local y ahí no tendría problema. He consultado con Administratores de comunidades de viviendas y me dicen que no debería existir impedimento puesto que no está contemplado como molesto ni entra en las definiciones de humos y demás. Si bien, sé que no hay buena relación con el propietario del pasillo trasero y no quisiera entrar en polémica. Les agradecería que me pudieran indicar si existe alguna legislación que me ampare en este sentido. Muchísimas gracias.
Gracias por responder, si bien me resulta muy tajante y sin base legal palpable, necesitaría al menos una referencia ya que tengo respuestas diferentes. La rejilla se pondria a índole de que el aparato de aire absorba, no expulse. Si me pudiese indicar al menos la legislación que lo ampare estaría muy agradecida