gracias por vuestro asesoramiento..si me gustaria incidir en que las rejas se encuentran en un 1º, yno en un bajo...y realmente lo que no me queda claro es que si despues de pasar mas de 8 meses puedo obligarle a su retirada, y si el quorum que necesita es de 3/5 o necesita la unanimidad para su instalacion o su retirada..tampoco tengo claro si es modificación de fachada o sólo un tema estético, si os digo que el edificio tiene mas de 20 años...y no se de cuanto tiempo se dispone despues de hacerlo constar en el libro de actas para obligarle a su retirada...y si al final, de negarse a su retirada, la unica opción es la judicial...MUCHAS GRACIAS ..