Depende de lo que pida en demanda. Si quieres que se te reconzca el derecho de propiedad, reivindicatoria y juicio declarativo.
Si quieres discutir solo posesión, puedes acudir al sumario del 444 y 447 de la LEC, que no produce cosa juzgada. En cualquiera de los dos casos, plantea bien la demanda y acompaña la certificación del Registro de la Propiedad. En la reivindicatoria, no te olvides de demandar a cualquier otro vecino colindante distinto de aquel con el que tienes conflicto.
Te ajdunto sentencia por si te aclarara algo: Sentencia Audiencia Provincial núm. 212/2007 Valencia (Sección 7), de 17 abril Recurso de Apelación núm. 64/2007.
Sentencia Audiencia Provincial núm. 212/2007 Valencia (Sección 7), de 17 abril Recurso de Apelación núm. 64/2007.
Cliente propietario de una finca inscrita en el registro. Demandado que dice que parte de la finca es suya ( no tiene nada inscrito ).
La intromisión del demandado ha consistido en colocar dentro de la finca de mi cliente unos palos metalicos con los que intenta delimitar su supuesta propiedad.
Mi duda es: ¿ que acción es más correcta: REIVINDICATORIA O LA ACCION DEL ARTICULO 41 DE LA LEY HIPOTECARIA?