He comprado una casa con mi pereja y he cambiado mi domicilio fiscal y la consideracion devivienda habitual a la nueva sin haber vendido todavia la vieja.
Puedo considerar reinversion en la nueva lo que reciba cuando venda la vieja?
Para que la ganancia patrimonial obtenida en su venta esté exenta los requisitos son dos:
1) Debe constituir la vivienda habitual EN EL MOMENTO DE LA ENAJENACION.
2) Reinvertir el importe obtenido en otra vivienda habitual.
Sin embargo las cantidades reinvertidas en la nueva vivienda que procedan de una enajenación no exenta se pueden deducir en concepto de inversión en vivienda habitual, siempre que se cumplan el resto de requisitos (límites, reducción de las cantidades anteriormente deducidas por la anterior etc...)
En la práctica, Chuchi, haz todos los pagos por transferencia desde la misma cuenta para que puedas demostrar fácilmente que la venta de una financia la otra y que las compra-ventas están próximas en el tiempo.