Necesito probar que unas obras efectuadas en un edificion constituyen una rehabilitacion del mismo, y por tanto, procede aplicar el 7 % IVA (y no el 16%, como indebidamente ha facturado el constructor).
¿cómo pruebo que se trata de una rehabilitación? ¿con el informe del arquitecto que hizo el proyecto sería suficiente? ¿el colegio de arquitectos se podría "mojarse" y emitir un dictamen?
Si algun compañero abogado ha tenido un caso similar agradecería cualquier ayuda. GRACIAS
Revisa el proyecto que haya hecho el arquitecto de la obra y como la ha definido si como rehabilitacion/reforma o como obra nueva. Ademas si se ha actuado en un edificio ya existente, a no ser que se trate de una ampliacion del mismo lo mas normal es que se trate de una rehabilitacion.
Si no hay proyecto, tendriais que pedirle a un arquitecto o arquitecto tecnico que os hiciera un informe donde reflejara que se ha tratado de una rehabilitacion (si ha sido asi).
un saludo
Diana Sanchez
arquitecta col. 08131
Efectivamente, se ha actuado sobre un edificio (de tres plantas) ya existente, mi cliente lo compro y lo ha reformado entero para destinarlo a su vivienda habitual, antes se usaba como almacén y oficina de seguros. La estructura exterior es la misma, salvo fachada que se ha tocado entera, abriendo huecos y demás, pero por dentro TODO es nuevo.
Proyecto creo no se hizo pues el arquitecto era familia del cliente, y lo tramitaron en el Ayuntamiento como Obra Menor, eso puede suponer problema ahora? no creo, no?
Si tengo informe de ese arquitecto indicando que se trata de rehabilitación.
Yo no veo duda de que es así pero claro, quiero asegurarme al 100% antes de plantear la demanda.
GRACIAS POR TU AYUDA DIANA.