por partes:
- si en el proyecto presentado no consta el aislamiento, el constructor no ha incumplido
- si para solicitar esa subvención se ha utilizado ese mismo proyecto, no hay nada irregular
el aislamiento no es caro, y tampoco lo es el montaje salvo que las características del edificio lo hagan especialmente difícil. Más barato sería, lógicamente, hacerlo como parte de la obra de sustitución de la cubrición ... pero hasta quizá puedan pedir una subvención para eso
podríamos especular en base a lo que desconocemos, pero sólo son especulaciones. Todos sabemos que los tiempos están muy mal, y en particular lo están para el mundo de la construcción, por lo que algunas empresas tienen buscarse la vida, captar clientes en base a contarles las bondades de ciertas mejoras, gestionarles las subvenciones, licencias y proyectos, todo hasta ofrecer un paquete completo y económicamente atractivo ... y es posible que en ese paquete se minimice la calidad de la obra y se maximice el beneficio del constructor, pero en eso no hay ilegalidad
Gracias por la respuesta. El caso es que en el documento de la subvención consta que es una inversión en rehabilitación de envolvente térmica con el código 31. La solicitud de subvención esta presentada por la misma empresa que se encargó de la obra, a nombre de los copropietarios pero en el proyecto presentado, no consta ningún material aislante. ¿Tiene la comunidad alguna responsabilidad? ¿Cual sería la mejor forma de solucionar este problema?
Muchas gracias de nuevo por las orientaciones que he recibido y por las que espero recibir. Un saludo.
pues habría que ver el expediente de esa subvención
digamos que una simple reparación del tejado, o la sustitución de la cubrición, no obliga a incorporar aislamiento, a mejorar las condiciones térmicas ... pero, por lo que usted indica, parece que han pedido la subvención correspondiente a la mejora de las condiciones térmicas, que normalmente es con la incorporación de aislamiento
serán los promotores de esa solicitud de subvención, quienes han cobrado, quienes han de justificar el cumplimiento de las especificaciones indicadas en el expediente, lo que. si acaso, llevará a comprobar si lo que se ha contratado con la empresa, y lo que se ha pagado, es lo ejecutado o es otra cosa ... porque puede que la empresa haya engañado a su cliente y por ello tenga la obligación de hacer lo que no ha hecho, pero puede que sea la comunidad quien ha cometido fraude en la manifestación de las características de las obras que ha realizado y pagado
Buenas, en el año 2007 la comunidad realizó una rehabilitación del tejado y no se puso ningún material aislante, por lo que en los últimos pisos hay condensación y hace mucho frío en invierno y mucho calor en verano. Tengo entendido que por esas fechas ya era obligatorio el aislamiento como dispone el CTE y no sé si es posible algún tipo de reclamación por este motivo a la empresa que se encargó. Esa es mi consulta, ¿tiene la empresa alguna responsabilidad? Por esas obras se recibió una subvención por rehabilitación de cubierta y mejora de la envolvente térmica, ¿tiene algún sentido? Gracias.