Hola, llevo en España 6 años y trabajo en un club de alterne, no tengo contrato pero si unos ingresos, estoy empadronada, quería alguna referencia de como regularizar mi situación,
No indica su nacionalidad. Pero si lleva más de 3 años en España y es extranjera extracomunitaria puede solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social. Pero debe acreditar que se halla en alguna de las siguientes situaciones:
- Cuenta con un contrato de trabajo a tiempo completo de al menos un año de duración. También puede ser a tiempo parcial siempre que la remuneración sea al menos el salario mínimo interprofesional.
- Los ingresos de los que vivirá procederán de una actividad por cuenta propia que se iniciará cuando tenga concedida la tarjeta.
- Es familiar reagrupable de otro extranjero extractomunitario residente legal en España : en este caso, el familiar deberá cumplir con los mismos requisitos para ejercer el derecho a la reagrupación familiar.
- Cuenta con recursos económicos propios suficientes. Será necesario que los recursos sean equivalentes al 400% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
Además deberá aportar un informe de inserción social, que deberá elaborar la Administración de la comunidad autónoma o el ayuntamiento del municipio donde esté empadronada si así lo hubiera dispuesto la respectiva comunidad autónoma.
Desde su país deberá solicitar el certificado de antecedentes penales, que deberá venir con la Apostilla de La Haya si su país es signatario de la Convención de La Haya de 5 de octubre de 1961 por la cual se acuerda la supresión del requisito de legalización de documentos. Si su país no fuera signatario de esa Convención, tendrá que legalizarlo por vía diplomática ordinaria.
Hola Condedecartagena, soy de Uruguay y trabajo como chica de compañía en un club y no tengo contrato ni me lo van hacer... solo tengo una cuenta bancaria que me saco mi madre y allí mando mi dinero pero esta nombre de mis padres, allí tengo todos mis ahorros que gano aquí.
Si para solicitar la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social se va a basar en contar con recursos económicos propios suficientes, le será exigible la misma cantidad que se exige a quienes solicitan una autorización de residencia no lucrativa: el 400% del IPREM mensual, que para el presente año 2021 es de 2 259,6 euros, que multiplicado por 12 meses (la autorización dura un año), da un total de 27116,2 euros por año. Si usted tiene ese dinero en una cuenta bancaria en España o en cualquier otro país y además seguro médico que tenga el mismo nivel de cobertura que el ofrecido por el Sistema Nacional de Salud en España, puede solicitar la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social y acreditar que sus medios de vida proceden de esos recursos propios. La autorización que se le conceda de esta manera será solo de residencia, no llevará aparejada una autorización de trabajo.
Pero en todo caso, deberá solicitar el informe de inserción social en la Administración de la respectiva comunidad autónoma, en el cual se ha de recomendar que se la exima de la obligación de contar con contrato de trabajo porque sus medios de vida procederán de recursos propios suficientes, en la cuantía requerida reglamentariamente, que tiene en una cuenta bancaria en España o en el extranjero (deberá aportar certificación del banco).